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Archive for: November / 2016
Juicio contencioso administrativo federal en la vía sumaria. Procede si se interpone dentro del plazo de cuarenta y cinco días, cuando la autoridad incurre en el error de dejar a consideración del contribuyente elegir entre la vía ordinaria y aquélla.
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Recurso de revocación. La regla 2.18.1 del anexo 1-a de la resolución miscelánea fiscal para 2014, al exigir que ese medio de defensa se presente desde el lugar en que reside el recurrente, viola el derecho a un recurso efectivo y, por tanto, debe desaplicarse.
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Revisión fiscal. Dicho recurso es improcedente contra la sentencia que declara la nulidad por falta de fundamentación y motivación de la resolución por la que el instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado concede una pensión por jubilación.
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Revisión contenciosa administrativa. El recurso es improcedente en contra de las resoluciones dictadas en apelación por el tribunal de lo contencioso administrativo del distrito federal (actualmente ciudad de méxico) que no sean definitivas, por no resolver el juicio en lo principal o no darlo por concluido.
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Revisión fiscal. Es improcedente cuando se invocan agravios que ya fueron examinados en diversa revisión fiscal o en amparo directo, por constituir esos aspectos cosa juzgada.
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Devolución de contribuciones pagadas indebidamente a autoridades de las entidades federativas sujetas al sistema nacional de coordinación en materia de derechos. Debe incluir la actualización y el pago de intereses, de acuerdo a las reglas previstas en los artículos 17-a y 22 del código fiscal de la federación.
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Recurso de inconformidad previsto en el artículo 11-a de la ley de coordinación fiscal. Constituye la vía idónea para controvertir los créditos fiscales determinados por autoridades locales sujetas al sistema nacional de coordinación en materia federal de derechos.
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Recurso de revisión fiscal. Procede contra la sentencia del tribunal federal de justicia fiscal y administrativa que interpreta el artículo 22 del código fiscal de la federación que regula lo relativo a un derecho (devolución de contribuciones).
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Recurso de revisión. Procede el interpuesto por la tercero interesada, contra la sentencia que sobreseyó en el juicio de amparo.
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Reposición del procedimiento en el juicio de amparo. Debe ordenarse cuando del análisis íntegro de la demanda se adviertan actos estrechamente vinculados con los reclamados, que incidan en la fijación definitiva de la litis sobre el fondo del asunto, sin que el juez de distrito haya requerido al quejoso para que manifieste si es su voluntad señalarlos con ese carácter.
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