VISITA DOMICILIARIA. ILEGALIDAD NO INVALIDANTE EN LA IDENTIFICACIÓN DE LOS VISITADORES
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VIII-P-2aS-92
VISITA DOMICILIARIA. ILEGALIDAD NO INVALIDANTE EN LA IDENTIFICACIÓN DE LOS VISITADORES.- Si dicha formalidad no se lleva a cabo precisamente como primer acto una vez iniciada la visita, pero sí consta en el acta de inicio respectiva, se estará ante un vicio de procedimiento que no conducirá a declarar la nulidad de la resolución definitiva al no trascender a su sentido ni afectar las defensas del contribuyente, encuadrando en lo que la doctrina del derecho administrativo denomina ilegalidades no invalidantes, algunas de las cuales se encuentran enunciadas en los incisos a) al f) del artículo 51 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; salvo que los visitadores hubieren dejado de identificarse durante toda la diligencia o que no existan elementos suficientes para considerarlos autorizados para practicar la visita.
PRECEDENTES: VII-P-2aS-451
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 11981/12-17-10-12/1014/13-S2-06-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 8 de octubre de 2013, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Alfredo Salgado Loyo.- Secretario: Lic. Ernesto Christian Grandini Ochoa.
(Tesis aprobada en sesión de 22 de octubre de 2013)
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 32. Marzo 2014. p. 626
VII-P-2aS-1053
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2132/14-06-01-8/877/15-S2-07-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 16 de junio de 2016, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrada Ponente: Magda Zulema Mosri Gutiérrez.- Secretario: Lic. Adolfo Ramírez Juárez.
(Tesis aprobada en sesión de 16 de junio de 2016)
R.T.F.J.A. Octava Época. Año I. No. 2. Septiembre 2016. p. 598
REITERACIÓN QUE SE PUBLICA: VIII-P-2aS-92
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 448/16-25- 01-7-OT/335/17-S2-09-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 9 de mayo de 2017, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Alfredo Salgado Loyo.- Secretario: Lic. Enrique Camarena Huezca.
(Tesis aprobada en sesión de 9 de mayo de 2017)
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