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VIOLACIÓN SUBSTANCIAL DEL PROCEDIMIENTO. SE ACTUALIZA CUANDO EL MAGISTRADO INSTRUCTOR, OMITE PRONUNCIARSE SOBRE LA ADMISIÓN DE LA PRUEBA PERICIAL OFRECIDA POR ALGUNA DE LAS PARTES.

TLC ASOCIADOS 12:32 pm
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Last Updated on abril 10, 2017 by TLC ASOCIADOS

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VIII-P-1aS-112

VIOLACIÓN SUBSTANCIAL DEL PROCEDIMIENTO. SE ACTUALIZA CUANDO EL MAGISTRADO INSTRUCTOR, OMITE PRONUNCIARSE SOBRE LA ADMISIÓN DE LA PRUEBA PERICIAL OFRECIDA POR ALGUNA DE   LAS PARTES.- En caso de que alguna de las partes en el procedimiento contencioso administrativo, haya ofrecido alguna prueba pericial, con el propósito de acreditar plenamente  su pretensión y el Magistrado Instructor haya sido omiso en pronunciarse sobre su admisión o no y realizar el trámite de desahogo en términos de los artículos 14, fracción V, 15, último párrafo y 43 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, que prevén las reglas para tal efecto, actualiza una violación substancial al procedimiento del juicio contencioso administrativo que impide a esta Juzgadora resolver el fondo del asunto. En ese sentido, a fin de cumplir con el principio de debido proceso que prevé el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo procedente es regularizar el procedimiento, para el efecto de que el Magistrado Instructor se pronuncie sobre la admisión o no y en su caso sobre el desahogo de la prueba pericial ofrecida por las partes, conforme a derecho corresponda.

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 17237/15-17-05-1/2715/16-S1-04-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 19 de enero de 2017, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Anzures Uribe.- Secretario: Lic. Javier Armando Abreu Cruz. (Tesis aprobada en sesión de 9 de febrero de 2017)

 

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