TLC Asociados
tlc@tlcasociados.com.mx
  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
    • TLC INFINITI
    • Plataforma Risk Control
    • Auditoría de Cumplimiento T-MEC
    • Acompañamiento en visita domiciliaria y revisiones de gabinete
    • Mantenimiento para empresas IMMEX y PYME
      • IMMEX 360
      • NANO PYME
      • NANO Fit
    • Mantenimiento C-TPAT
    • Auditoría Preventiva y de Cumplimiento
    • Arquitectura Aduanera
    • Certificación IVA/IEPS y Anexo 31
    • Certificación OEA y C-TPAT
    • Impuestos Corporativos
    • Clasificación Arancelaria
    • Trámites y Gestiones en Comercio Exterior y Aduanas
    • Gestoría de Permisos Especiales
    • Soluciones Legales
  • LIBROS
  • T-MEC
  • Boletines
    • Boletines de Cumplimiento
    • Cumplimiento en Comercio Exterior y Aduanas: Puntos Clave
    • Recomendaciones y Tips de Debido Cumplimiento
    • Sección Especial: Se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), conoce los detalles aquí.
      • Consulta los boletines técnicos emitidos por la ANAM
    • Sección Especial: Manifestación de valor: Todo lo que debes de saber a 2022.
    • Sección Especial: CFDI y Complemento Carta Porte: Todo lo que debes saber a 2022.
  • BEE Conocimiento
    • Calendario
  • Medios
  • Blogs
    • Diario de un Fiscalista
    • Compliance 360
  • Contacto
T70 – SE REQUIERE MEJORAR LOS TIEMPOS  EN DEVOLUCIONES DE IVA E IEPS.

T70 – SE REQUIERE MEJORAR LOS TIEMPOS EN DEVOLUCIONES DE IVA E IEPS.

Para mejorar la competitividad de las empresas IMMEX, así como el de las Pymes que representan el 71% del PIB nacional, es fundamental que se mejoren los tiempos para recibir los saldos a favor en IVA e IEPS.

Así lo informó el Presidente de TLC Asociados, Octavio de la Torre de Stéffano, quien explicó que a pesar de que el Código Fiscal de la Federación menciona que las devoluciones se resolverán en un plazo de 40 días hábiles, en la realidad se extienden en un tiempo superior a lo establecido, por motivos de requerimiento de información innecesaria.

“En la actualidad se cuenta con un cumplimiento poco visible siendo que la autoridad en la mayoría de los casos se excede en el tiempo establecido por la regla, incluso a las empresas que cuentan con certificación del programa IMMEX se les solicita información en un primer y hasta un segundo requerimiento”, indicó Octavio de la Torre.

Estos requerimientos de información solicitan datos que ya cuenta la autoridad en su base de datos y en otras ocasiones se piden manifestaciones (relación de proveedores, relación de clientes, aparición en listados de 69-b CFF, entre otros) por parte del representante siendo que lo que se pide se puede obtener en la base de datos del SAT.

Además, que al momento de realizar una contestación de requerimiento se cuenta con problemáticas en el portal al no poder adjuntar información con un peso superior al que se muestra en la plataforma, quedando de manera inconclusa el cumplimiento al requerimiento, expresó.

Cabe señalar que estos beneficios solo cuentan con el alcance para ayudar a las empresas IMMEX en su mayoría a quienes no cuentan con establecimiento permanente en el país, dejando a un lado a las empresas Pymes, siendo que este tipo de negocios no cuentan con un beneficio como tal en materia de exportación, teniendo en cuenta que representan un 70% de este mercado en el país compuesto con el apoyo de los 13 tratados internaciones con los que cuenta México.

Hay que recordar que en nuestro país existe el beneficio para que las empresas IMMEX obtengan una certificación en materia de IVA e IEPS, esta certificación permite realizar la solicitud para la aplicación de un crédito fiscal equivalente al 100% de la cantidad que deba pagarse por concepto de IVA e IEPS, al momento de importar mercancías bajo los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación.

Aparte estos negocios cuentan con un beneficio establecido en la Regla 2.3.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal, de obtener una devolución del Impuesto al Valor Agregado en un plazo que va de acuerdo al tipo de certificación.

Es decir, de 20 días para quienes cuenten con la certificación A, de 15 días para AA, y de 10 días para AAA, sin embargo, dichos plazos muchas veces la autoridad no los cumple a pesar de que tengan el programa IMMEX.

Por ello es necesario que se mejoren los tiempos de respuesta, además de que se incluya a sectores tan cruciales para la economía nacional y la generación de empleos como las pequeñas y medianas empresas.

Para quienes deseen mayor información sobre este y otros temas fiscales y de comercio exterior, Octavio de la Torre de Stéffano, puso disposición la página de internet www.tlcasociados.com.mx.

Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.

Atentamente

Líder de Comunicación

TLC Asociados, S.C.

edgar@www.tlcasociados.com.mx

 Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.

Search

Nuestros servicios

  • División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
  • División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
  • División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
  • División de Blindaje Legal
  • División de Consultoría
  • División de Lobbying
  • Gestoría de Permisos Especiales
  • Arquitectura Aduanera
  • Revista TLC
  • Libros TLC

Visitas a la página

contador de visitas javascript

  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
  • Artículos TLC
  • Boletín Fiscal Aduanero
  • Medios
  • Capacitación
  • Contacto
  • Politica de Privacidad
Copyright © 2024 TLC Asociados