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T045 – Anuncia SAT facilidades para implementación de  nueva factura electrónica  / TAS announces plan for the implementation of the new  electronic invoice

T045 – Anuncia SAT facilidades para implementación de nueva factura electrónica / TAS announces plan for the implementation of the new electronic invoice

Como resultado de un constante diálogo e interacción con los contribuyentes, el SAT emite facilidades encaminadas a consolidar la adopción generalizada de la nueva versión de la factura electrónica.

  • Se amplía el periodo de convivencia opcional de la nueva factura hasta el 31 de diciembre de 2017.
  • La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo de 2018.

Las adecuaciones a la factura electrónica permitirán eliminar en los próximos años declaraciones informativas, ofrecer declaraciones mensuales pre llenadas de IVA, ISR y IEPS, así como reducir los requerimientos en materia de contabilidad electrónica.

Como resultado de esta cercanía y diálogo con el sector privado, y atendiendo a los avances en las acciones realizadas por los contribuyentes en los últimos meses para una adopción integral de las mejoras, el Servicio de Administración Tributaria informa:

  1. A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.
  2. La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo del 2018.
  3. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio del 2018.
  4. Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.
  5. En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.

Es así que, como resultado de la suma de esfuerzos, los contribuyentes y el SAT impulsan la modernización tributaria en México, consolidándolo como referente internacional en materia de factura electrónica.

https://www.gob.mx/sat/prensa/com2017_125

 

Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.

Atentamente

División de Consultoría en Comercio Internacional y Aduanas

TLC Asociados, S.C.

tlc@www.tlcasociados.com.mx

 Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.

As a result of constant dialogue and interaction with taxpayers, the TAS issues a plan aimed at consolidating the widespread adoption of the new version of the electronic invoice.

  • The optional coexistence period of the new invoice is extended until December 31, 2017.
  • The issuance of vouchers with the Payment Receipt Complement will be optional until March 31, 2018.

Adjustments to the electronic invoice will eliminate information declarations in the next few years, offer monthly statements pre-filled with VAT, Income Tax and STPS, as well as reduce the requirements in terms of electronic accounting.

As a result of this closeness and dialogue with the private sector, and in response to the progress made by the taxpayers in recent months for a full adoption of the improvements, the Tax Administration Service reports:

  1. As of July 1, 2017, version 3.3 of the electronic invoice came into force. However, taxpayers may continue issuing in version 3.2 until December 31, 2017. As of January 1, 2018, the only valid version will be 3.3.
  2. The issuance of vouchers with the Payment Receipt Complement will be optional until March 31, 2018.
  3. The approval process for electronic invoice cancellation will take effect on July 1, 2018.
  4. Until June 30, 2018, if there is a possible error or discrepancy when registering the unit of measure code and/or product or service code, it will not be considered an infraction.
  5. In the next few days the adjustments to the corresponding fiscal provisions will be published to reflect the arrangement described here.

Thus, as a result of the sum of these efforts, taxpayers and the TAS promote tax modernization in Mexico, consolidating it as an international benchmark in terms of electronic invoicing.

https://www.gob.mx/sat/prensa/com2017_125

Without anything else at this moment, do not hesitate to contact us.

Sincerely,

Foreign Trade and Customs Consultancy Division of

TLC Asociados, S.C.

tlc@www.tlcasociados.com.mx

Partial or total reproduction is prohibited. All rights reserved to TLC Asociados, S.C. The content of this article is not a private consultation, therefore, TLC Asociados, S.C., and its team and author, are not responsible for any interpretation or use that the reader or recipient could give to it.
T045 – Anuncia SAT facilidades para implementación de  nueva factura electrónica  / TAS announces plan for the implementation of the new  electronic invoice

T045 – Anuncia SAT facilidades para implementación de nueva factura electrónica / TAS announces plan for the implementation of the new electronic invoice

Como resultado de un constante diálogo e interacción con los contribuyentes, el SAT emite facilidades encaminadas a consolidar la adopción generalizada de la nueva versión de la factura electrónica.

  • Se amplía el periodo de convivencia opcional de la nueva factura hasta el 31 de diciembre de 2017.
  • La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo de 2018.

Las adecuaciones a la factura electrónica permitirán eliminar en los próximos años declaraciones informativas, ofrecer declaraciones mensuales pre llenadas de IVA, ISR y IEPS, así como reducir los requerimientos en materia de contabilidad electrónica.

Como resultado de esta cercanía y diálogo con el sector privado, y atendiendo a los avances en las acciones realizadas por los contribuyentes en los últimos meses para una adopción integral de las mejoras, el Servicio de Administración Tributaria informa:

  1. A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.
  2. La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo del 2018.
  3. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio del 2018.
  4. Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.
  5. En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.

Es así que, como resultado de la suma de esfuerzos, los contribuyentes y el SAT impulsan la modernización tributaria en México, consolidándolo como referente internacional en materia de factura electrónica.

https://www.gob.mx/sat/prensa/com2017_125

 

Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.

Atentamente

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As a result of constant dialogue and interaction with taxpayers, the TAS issues a plan aimed at consolidating the widespread adoption of the new version of the electronic invoice.

  • The optional coexistence period of the new invoice is extended until December 31, 2017.
  • The issuance of vouchers with the Payment Receipt Complement will be optional until March 31, 2018.

Adjustments to the electronic invoice will eliminate information declarations in the next few years, offer monthly statements pre-filled with VAT, Income Tax and STPS, as well as reduce the requirements in terms of electronic accounting.

As a result of this closeness and dialogue with the private sector, and in response to the progress made by the taxpayers in recent months for a full adoption of the improvements, the Tax Administration Service reports:

  1. As of July 1, 2017, version 3.3 of the electronic invoice came into force. However, taxpayers may continue issuing in version 3.2 until December 31, 2017. As of January 1, 2018, the only valid version will be 3.3.
  2. The issuance of vouchers with the Payment Receipt Complement will be optional until March 31, 2018.
  3. The approval process for electronic invoice cancellation will take effect on July 1, 2018.
  4. Until June 30, 2018, if there is a possible error or discrepancy when registering the unit of measure code and/or product or service code, it will not be considered an infraction.
  5. In the next few days the adjustments to the corresponding fiscal provisions will be published to reflect the arrangement described here.

Thus, as a result of the sum of these efforts, taxpayers and the TAS promote tax modernization in Mexico, consolidating it as an international benchmark in terms of electronic invoicing.

https://www.gob.mx/sat/prensa/com2017_125

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Sincerely,

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