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SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

El día 23 de abril de 2020 fue publicado en el DOF el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral”, para entrar en vigor conforme a los artículos transitorios.

La temática de la Subcontratación de servicios tiene diversas áreas de estudio e implicaciones, sin embargo, la intención es tener un acercamiento a la prestación de servicios internos o externos relacionados con la materia de comercio exterior y aduanas.

Tomando como referencia el primer párrafo del artículo 12 de la LFT, este precepto menciona que la Subcontratación se presenta “cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra”, que de acuerdo con la reforma esta se encuentra prohibida.

Sin embargo, existe una excepción en el artículo 13 de la LFT que señala lo siguiente “se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público a que se refiere el artículo 15 de esta Ley”. De lo anterior, y considerando el artículo 14 LFT, se desprende que las actividades de servicios deben cumplir los puntos siguientes:

a) No deben formar parte del objeto social.

b) No deben formar parte de la actividad preponderante.

c) Se requiere registro de subcontratista ante el Padrón Público.

d) Se requiere de un contrato por escrito que indique el tipo de servicio prestado y la cantidad de empleados.

Cabe mencionar, que la STPS deberá expedir en un plazo no mayor a 30 días naturales los lineamientos sobre el registro para analizar cuáles serán los requisitos que deben observase, lo anterior conforme a los artículos 15, sexto párrafo de la LFT y segundo transitorio de la Reforma.

Es dable considerar que los principales servicios especializados relacionados con las operaciones de comercio exterior que frecuentemente son contratados para ser desarrollados por terceros son los que se indican a continuación:

TipoParticularidades
Empresas IMMEX modalidad terciarizaciónEl IMMEX en la modalidad de Terciarización, se presenta cuando una empresa certificada que cuenta o no cuente con instalaciones para realizar procesos productivos realice las operaciones de manufactura a través de terceros que registre en su programa de IMMEX. 3, V IMMEX, 3.2.10 RCSE   La operación de manufactura o maquila se define al proceso industrial o de servicio destinado a la elaboración, transformación o reparación de mercancías de procedencia extranjera importadas temporalmente para su exportación o a la prestación de servicios de exportación. 2 IMMEX   La operación maquila o de manufactura requiere de una autorización de la Secretaría de Economía, por lo que la empresa IMMEX debe realizar la gestión del trámite para sus actividades, así como del registro de los terceros que suministrarán las mercancías. 23 IMMEX  
Operaciones de Submaquila o SubmanufacturaSon los procesos industriales o de servicios relacionados directamente con la operación de manufactura de una empresa con Programa IMMEX, realizados por persona distinta al titular de este. 2 IMMEX   Este tipo de operaciones incluye la complementación de la capacidad de producción o de servicios cuantitativa de la empresa MMEX, o bien, para la elaboración de productos que la empresa no produce, relacionados directamente con la operación de manufactura de una empresa con Programa IMMEX. 3.2.8 RCSE   La operación submaquila requiere de una autorización de la Secretaría de Economía, por lo que la empresa IMMEX debe realizar la gestión para registrar aquellas empresas que prestaran el servicio de submaquiladora.  
Empresas de comercio exteriorEl 24 de diciembre de 2010 quedó abrogado el programa para el Establecimiento de Empresas de Comercio Exterior (ECEX), sin embargo, el esquema continúa activo para aquellas empresas que lograron obtener la autorización mientras continúen cumpliendo las obligaciones.   Las ECEX podrán expedir constancias de exportación respecto de las mercancías que les enajenen proveedores nacionales, por lo que podrán brindarse el tratamiento de exportación definitiva en los términos de la Ley Aduanera y demás disposiciones aplicables. 3 ECEX.  
Servicios de agencia aduanalEl Agente Aduanal y la Agencia Aduanal son las principales figuras de representación legal de los importadores y exportadores en el despacho de sus mercancías ante la autoridad aduanera. 2, 159 y 167D LA   Algunas agencias aduanales con frecuencia brindan los servicios para realizar el despacho aduanero de las mercancías con personal de la agencia aduanal laborando en un espacio dentro de las instalaciones de sus clientes en donde reciben instrucciones para realizar los procesos de importación, exportación y revisión de mercancías.  
Servicios logísticosDe igual manera, algunas empresas de logística con frecuencia ofrecen servicios de terciarización, como son la presentación del servicio de transporte, almacenaje, empaque, servicios tecnológicos entre otros, que colaboran de manera interna o externa recibiendo instrucciones de las empresas conforme a las actividades contratadas.  

Por lo anterior, es factible interpretar que algunos de los citados actores del comercio exterior deban presentar la solicitud del registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social conforme al artículo 15 de la LFT y demás disposiciones aplicables y cumplir las demás obligaciones conforme a la materia para evitar consecuencias legales.

“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:

Ricardo Méndez Castro

ricardo@tlcasociados.com.mx

Director de Consultoría

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