SOCIO COMERCIAL CERTIFICADO, ¿Cuáles son los Beneficios que Ofrece el Registro?
SOCIO COMERCIAL CERTIFICADO
¿Cuáles son los Beneficios que Ofrece el Registro?
El Socio Comercial Certificado, es una autorización especial voluntaria emitida por el Servicio de Administración Tributaria dirigida para aquellos actores del comercio exterior que participan en la seguridad de la cadena de suministro[1], como son el auto transportista terrestre, agente aduanal, transportista ferroviario, parque industrial, recinto fiscalizado y mensajería y paquetería, siempre y cuando cumplan con los requisitos que se establezcan e implementen y mantengan los estándares mínimos necesarios en materia de seguridad, como son:
1. Planeación de la seguridad en la cadena de suministros. 2. Seguridad física. 3. Controles de acceso físico. 4. Socios comerciales. 5. Seguridad de procesos. 6. Gestión aduanera. 7. Seguridad de los vehículos de carga, contenedores, remolques y/o semirremolques. |
8. Seguridad del personal. 9. Seguridad de la información y documentación. 10. Capacitación en seguridad y concientización. 11. Manejo e investigación de incidentes. |
Aun cuando en nuestro país haya sido regulado con un nombre distinto, es una certificación relacionada con la certificación aduanera OEA relacionada es un esquema compatible a nivel internacional con la autorización del Operador Económico Autorizado procedente del marco normativo SAFE (Standards to Secure and Facilitate Global Trade) emitido por la Organización Mundial de Aduanas, el cual tiene como finalidad principal crear normas que garanticen la seguridad y facilitación de la cadena logística a nivel mundial para promover la seguridad y previsibilidad, fortalecer la cooperación entre las aduanas y las empresas, además de buscar otros objetivos.
En esta tesitura, la OMA define al OEA diciendo que “es una parte integrante del movimiento internacional de mercaderías, cualquiera sea el motivo, que fue reconocido por una administración nacional de aduanas por cumplir las normas de la OMA o normas equivalentes en materia de seguridad de la cadena logística. Los OEA pueden ser fabricantes, importadores, exportadores, despachantes de aduana, transportistas, operadores de agrupamiento, intermediarios, operadores portuarios, de aeropuertos o terminales, operadores de transporte integrados, operadores de depósito, distribuidores, operadores de transporte.”[2]
Retomando la figura central, el SCC fue adicionado por primera vez en el DOF el día 10 de abril de 2013 en las reglas 3.8.14 y 3.8.15 de la “Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012 y su anexo 22, publicada el 29 de agosto de 2012”. Principalmente, estos dispositivos se dirigieron exclusivamente para las empresas de auto transporte terrestre que se dedicarán al traslado de mercancías de comercio exterior además de dar a conocer los requisitos, causales de cancelación y beneficios de la certificación.
No fue hasta la difusión de las “Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014”[3], que es donde se incorpora la máxima figura que representa a los importadores y exportadores en el despacho de las mercancías, me refiero al Agente Aduanal, con la finalidad de incluirlo en la certificación de socio comercial que igual forma gozará de ciertos administrativos y legales en sus actuaciones.
Seguidamente, en la “Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016”[4] fue incorporado el Título 7 “Esquema Integral de Certificación”, en donde se integran los procedimientos de Certificación de IVA y IEPS, conjuntamente con el Operador Económico Autorizado y el Socio Comercial Certificado para entrar en vigor el día 20 de junio de 2016. En particular, con la modalidad de certificación objeto de análisis, se adicionaron por primera vez cuatro nuevos socios comerciales, tal es el caso de las empresas que cuenten con concesión de servicio público de transporte ferroviario, los parques industriales, los recintos fiscalizados y las empresas de mensajería y paquetería.
Por otro lado, según información publicada en el portal del SAT, este organismo desconcentrado tiene inscritos en los programas de certificación hasta el 12 de abril de 2018, un total de 778 empresas bajo las siguientes modalidades:[5]
MODALIDAD | CANTIDAD |
Operador Económico Autorizado | 553 |
Socio Comercial Certificado: | |
Agentes Aduanales | 121 |
Empresas Transportistas | 101 |
Recintos Fiscalizados | 3 |
Total de Empresas | 778 |
Haciendo un comparativo con los Estados Unidos de América, este país tiene un mayor número de participantes inscritos en el programa C-TPAT (Customs-Trade Partnership Against Terrorism)[6] con un total de 11,420 miembros clasificados en las modalidades que a continuación se mencionan:[7]
MODALIDAD | CANTIDAD |
Importadores (350 son Categoría III) | 4,217 |
Fabricantes Extranjeros | 1,557 |
Consolidadores | 998 |
Agentes Aduanales EE.UU | 871 |
Exportadores | 450 |
Puertos u Operadores Terminales Marítimos | 67 |
Transportistas:
§ USA-Canadá. § USA-México. § Transportistas domésticos mexicanos. § Transportistas aéreo, marítimo, ferroviario. |
3,260 |
Total de Empresas | 11,420 |
En relación con lo anterior, el Socio Comercial Certificado (SCC) comprende seis participantes o usuarios del comercio exterior que al obtener exitosamente el registro tendrán la posibilidad de aplicar diversas prerrogativas en las áreas administrativas, legales y operativas, siendo que algunas de ellas son aplicadas de forma general y otras de manera particular, según el tipo de modalidad o modalidades que tengan registradas.
Un beneficio generalizado que podrán gozar todos los interesados del SCC es la exención del pago de derechos. Haciendo un comparativo con la modalidad del Operador Económico Autorizado, los solicitantes del OEA están obligados a efectuar un pago anual de derechos que equivale a un monto de $27,590 pesos, de conformidad con el inciso m) del artículo 40 de la Ley Federal de Derecho,
Aunado a lo anterior, a continuación se mencionan de forma enunciativa los beneficios directos e indirectos que son susceptibles de gozar cada uno de los participantes, los cuales son regulados a través de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018:[8]
A. BENEFICIOS PARA EL AUTO TRANSPORTISTA TERRESTRE.-[9]
- La Administración General de Auditoría de Comercio Exterior previa autorización, ofrecerá difusión oficial en el Portal del SAT sobre la relación de los Socios Comerciales Certificados con la finalidad de hacerlos del conocimiento de los usuarios que realizan actividades de comercio exterior.
- En principio, para valorar las mercancías objeto de importaciones en territorio nacional deben sujetarse a los procedimientos establecidos en la Ley Aduanera, sin embargo, existe una facilidad en materia fiscal aduanera, que permite considerar la base gravable del impuesto de importación de las mercancías un porcentaje establecido en documento comercial extranjero de los Estados Unidos de América, en particular el denominado libro amarillo.
De esta manera, “tratándose de robo de los remolques, semirremolques o portacontenedores importados temporalmente, al aplicar el procedimiento establecido en la regla 4.2.1 para su importación definitiva, a efectos de determinar la base gravable del IGI, las empresas podrán optar por considerar la cantidad equivalente en moneda nacional que corresponda al 50% del valor contenido en la columna denominada “Loan” (valor promedio para crédito) de la edición National Automobile Dealers Association (N.A.D.A.) Official Commercial Truck Guide (Libro Amarillo), correspondiente a la fecha de la importación temporal, sin aplicar deducción alguna.”
- Un beneficio indirecto del SCC, es la obligación de las empresas Certificadas IVA e IEPS y con la modalidad OEA para llevar a cabo la consolidación de carga en operaciones de importación o exportación de un mismo contribuyente, o diferentes, utilizando hasta 3 representantes del despacho es requerido que la empresa transportista y el agente aduanal participante en la operación cuenten con registro de Socio Comercial Certificado.[10]
- Por otro lado, actualmente las empresas transportistas mexicanas que cuentan con la Certificación Aduanera de los EUA, conocida como C-TPAT tienen la posibilidad de efectuar en territorio nacional el despacho de mercancías a la exportación utilizando los carriles FAST[11] en las aduanas de la frontera norte.[12]
No obstante, para beneficio de algunos y perjuicio de otros, a partir del día 1 de agosto de 2018, solamente las empresas de auto transporte inscritas o que hayan ingresado la solicitud del registro en el registro de Socio Comercial Certificado a más tardar el 31 de julio de 2018 podrán utilizar los carriles exclusivos FAST.[13]
B. BENEFICIOS PARA EL AGENTE ADUANAL.- [14]
El Agente Aduanal, se define como la persona física autorizada por el Servicio de Administración Tributaria, mediante una patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en esta Ley Aduanera. Esta figura contempla mayores beneficios que otros participantes en el programa de certificación, sobre todo resultan de mayor importancia las que evitan la suspensión de la patente aduanal, algunos de ellos son:
- Materia Administrativa y Operativa.
- De la misma forma, la autoridad aduanera con consentimiento de los participantes, brindará difusión en el portal oficial del SAT a los agentes aduanales considerados como Socios Comerciales Certificados. (Fracción IV)
- El Agente Aduanal tiene el derecho de nombrar hasta 5 mandatarios aduanales, y ellos tienen la obligación de promover el despacho ante una sola aduana, salvo uno que podrá actuar indistintamente en cualquiera de las aduanas autorizadas.[15]
En este sentido, se ofrece la facilidad que los mandatarios designados podrán actuar en su aduana de adscripción y en cualquiera de las aduanas autorizadas. (Fracción V)
- Cuando el agente aduanal pretenda solicitar una aduana adicional a la de adscripción, la autoridad aduanera resolverá la autorización un plazo de dos meses.[16] En este contexto, el beneficio es otorgar la autorización para actuar en una aduana adicional a la de adscripción en un plazo no mayor a 5 días, siempre que se cumplan los demás requisitos aplicables. (Fracción VI)
- Un derecho del agente aduanal, es solicitar el cambio de la aduana de adscripción[17], por lo que el beneficio consiste en que las autoridades aduaneras resuelvan las solicitudes de autorización presentadas, en un plazo no mayor de 10 días. (Fracción VII)
- Los agentes aduanales tendrán la obligación de someterse a los exámenes o evaluaciones anuales realizadas por el SAT,[18] sin embargo, por este medio tienen el beneficio de sustituir el cumplimiento acreditando por lo menos 40 horas de capacitación continua, en alguna de las instituciones académicas o especializadas en evaluación que establezca la autoridad. (Fracción VIII)
- En los trámites de regularización de mercancías, tratándose de contribuyentes sujetos a facultades de comprobación, podrá realizarlo en cualquiera de las aduanas en la que tenga autorizada su patente; siempre que la autoridad fiscalizadora y la aduana correspondiente, cuenten con la información que permita coordinar el ejercicio correcto del trámite de regularización.[19] (Fracción X)
- Materia Legal.
- No se considerará que los agentes aduanales, se encuentran en el supuesto de cancelación de la patente cuando al momento del despacho se omita presentar el permiso de la autoridad competente,[20] tratándose de mercancías cuyo valor no exceda de una cantidad equivalente en moneda nacional o extranjera a 3,000 dólares, excepto cuando se trate de muestras y muestrarios, vehículos, mercancía prohibida, ni mercancía de difícil identificación que por su presentación en forma de polvos, líquidos o gases requiera de análisis físicos y/o químicos para conocer su composición, naturaleza, origen y demás características necesarias para determinar su clasificación arancelaria. (Fracción I)
- Tampoco se considerará que se encuentran en el supuesto de cancelación de la patente[21], derivado del ejercicio de facultades de comprobación de la autoridad aduanera en las que se detecte que se declaró erróneamente el domicilio fiscal del importador o tratándose de las denuncias que realicen los importadores ante la SHCP, por el uso indebido de su nombre, domicilio fiscal o su RFC, por terceros no autorizados por ellos, únicamente en los casos y condiciones previstas por este dispositivo. (Fracción II)
- De igual forma, no se considerará que los agentes aduanales se encuentran en el supuesto de suspensión de la patente, siempre que no excedan de 5 errores cometidos durante cada año de calendario y cumplan los demás requisitos establecidos en la presente regla.[22] (Fracción III)
- Adicionalmente, no se considerará que se ubican en los supuestos de suspensión o cancelación de la patente[23], cuando la irregularidad detectada, haya sido subsanada por el importador a través de alguno de los beneficios fiscales o aduaneros contemplados en la normatividad aduanera.[24] (Fracción XI)
- Un beneficio indirecto para el Agente Aduanal, es en las operaciones realizadas por empresas certificadas en la modalidad Comercializadora e Importadora u Operador Económico Autorizado[25], en este sentido si la autoridad aduanera detecta en los trámites aduanales mercancía excedente pero inferior al 10% del total declarado en la documentación aduanera objeto de revisión, podrán cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias a las que estén sujetas, incluso en materia de sanidad animal y vegetal, salud pública, medio ambiente o seguridad nacional, a través del documento digital o electrónico correspondiente emitido por la autoridad competente, el cual podrá ser expedido con una fecha posterior a la activación del mecanismo de selección automatizado, siempre y cuando su cumplimiento se realice en un plazo no mayor a 30 días, y el resto cuente con las regulaciones y restricciones no arancelarias correspondientes. (Fracción IX)
- Otro, beneficio indirecto es que las empresas Certificadas IVA e IEPS y con la modalidad OEA lleven a cabo la consolidación de carga en operaciones de importación o exportación de un mismo contribuyente, o diferentes, utilizando hasta 3 representantes del despacho. Para ello, se requiere que el agente aduanal y empresa de auto transporte participante en la operación cuenten con registro de Socio Comercial Certificado. En el caso del representante del despacho deberá tramitar los pedimentos correspondientes a cada importador o exportador que amparen las mercancías transportadas en el mismo vehículo y someterlos simultáneamente al mecanismo de selección automatizado.[26]
C. BENEFICIOS GENERALES PARA EL TRANSPORTISTA FERROVIARIO, PARQUE INDUSTRIAL, RECINTOS FISCALIZADOS Y MENSAJERÍA Y PAQUETERÍA.-[27]
En este apartado se concentran únicamente 4 participantes, de igual manera que en los rubros anteriores, la autoridad aduanera previa autorización ofrecerá apoyo publicitario que servirá para difundir vía medios electrónicos el listado de las empresas que se encuentren registradas en la categoría de Socio Comercial Certificado para el conocimiento de los actores del comercio exterior.
Por otro lado, una facilidad administrativa para quienes hayan efectuado importaciones temporales de embarcaciones, es el procedimiento alterno de la importación temporal, envío o retorno al extranjero de las refacciones, partes y accesorios de embarcaciones importadas temporalmente por medio de empresas de mensajería y paquetería que cuenten con el registro de Socio Comercial Certificado, siempre que las empresas certificadas realicen el despacho de dichas mercancías de acuerdo con los lineamientos que emita la Administración General de Aduanas.[28]
D. COMENTARIO FINAL
Para concluir, las empresas que ofrecen servicios relacionados con la actividad de comercio exterior deben tener como proyecto registrarse como Socio Comercial Certificado con el objetivo que sus clientes los visualicen como una organización que protege sus mercancías y administra los riesgos haciendo más segura la cadena de suministro
Además, es recomendable que el Servicio de Administración Tributaria proporcione mayores beneficios de forma equitativa en este esquema de certificación aduanera con la finalidad de incentivar a todos los actores del comercio exterior para participar en los distintos rubros del programa, sobre todo considerando a la micro y pequeña empresa.
Mtro. Ricardo Méndez Castro.
ricardo@www.tlcasociados.com.mx
División de Consultoría
TLC ASOCIADOS, SC.
Dirección Académica
TRADE & LAW COLLEGE
[1] Nota: La Cadena de Suministro “está formada por todas aquellas partes involucradas de manera directa o indirecta en la satisfacción de un cliente. La cadena de suministros incluye no solamente al fabricante y al proveedor, sino también al transportista, almacenista, vendedores al detalle e incluso a los mismos clientes”. Sunil Chopra y Peter Meindl.
[2] Cfr. Marco Normativo SAFE de la OMA, Proyecto Junio 2012, www.wcoomd.org, Abril 2018.
[3] Cfr. DOF del día 29 de Agosto de 2014.
[4] Cfr. DOF del día 9 de Mayo de 2016.
[5] Vid. Portal del SAT, www.sat.gob.mx, Abril 2018.
[6] En español se denomina: “Asociación Aduana-Comercio Contra el Terrorismo”.
[7] Vid. Portal Banco Interamericano de Desarrollo (Integración y Comercio): www.bid-comunidades-integracion.org, Abril 2018.
[8] Cfr. DOF del día 18 de Diciembre de 2018.
[9] Cfr. Regla 7.3.8 de las RGCE para 2018.
[10] Cfr. Regla 7.3.1, apartado D) de las RGCE para 2018.
[11] Siglas en Ingles de “The Free and Secure Trade”.
[12] Cfr. Reglas 3.1.28 y 7.3.3, fracción V de las RGCE para 2018.
[13] Cfr. Reglas 7.3.12 de las RGCE para 2018.
[14] Cfr. Regla 7.3.9 de las RGCE para 2018.
[15] Cfr. Artículos 160, fracción VI y 163, fracción V de la Ley Aduanera.
[16] Cfr. Artículo 161 de la Ley Aduanera.
[17] Cfr. Artículo 163, fracción III de la Ley Aduanera.
[18] Cfr. Articulo 162, fracción IV de la Ley Aduanera.
[19] Cfr. Regla 2.5.1 y 2.5.2 de las RGCE para 2018.
[20] Cfr. Articulo 165, fracción II, inciso a) de la Ley Aduanera.
[21] Cfr. Articulo 165, fracción III de la Ley Aduanera.
[22] Cfr. Artículo 164, fracciones VI y VII de la Ley Aduanera.
[23] Cfr. Artículos 164 y 165 de la Ley Aduanera.
[24] Cfr. Reglas 7.3.1, Apartado A, fracciones VII y IX y 7.3.3 de las RGCE para 2018.
[25] Cfr. Regla 7.1.4 de las RGCE para 2018.
[26] Cfr. Regla 7.3.1, apartado D) de las RGCE para 2018.
[27] Cfr. Regla 7.3.10 de las RGCE para 2018.
[28] Cfr. Regla 4.2.5 de las RGCE para 2018.
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