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RESOLUCIÓN QUE PONE FIN A UN PROCEDIMIENTO. SE CONSIDERA PRIMER ACTO DE APLICACIÓN PARA EFECTOS DE LA IMPUGNACIÓN DE UN ACUERDO DE CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL, NO OBSTANTE QUE ESTE SE HUBIERA APLICADO EN ACTOS PREVIOS

Séptima Época

Periodo: Abril 2016

Publicación: 29 de abril 2016

Fuente: Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Jurisprudencia: VII-CASR-GO-40

Materia: General

 

 

RESOLUCIÓN QUE PONE FIN A UN PROCEDIMIENTO. SE CONSIDERA PRIMER ACTO DE APLICACIÓN PARA EFECTOS DE LA IMPUGNACIÓN DE UN ACUERDO DE CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL, NO OBSTANTE QUE ESTE SE HUBIERA APLICADO EN ACTOS PREVIOS.

La resolución que ponga fin a un procedimiento será considerada como el primer acto de aplicación, para efectos de la impugnación de un acuerdo de circunscripción territorial, no obstante que este se hubiera aplicado en diversos actos del procedimiento administrativo que culminó con la emisión de aquella, ya que contra dichos actos previos no procede el juicio contencioso administrativo.

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 238/15-13-01-3.- Resuelto por la Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 1 de julio de 2015, por unanimidad de votos.-

Magistrado Instructor: Raúl Guillermo García Apodaca.- Secretario: Lic. Aldo Jesús Martínez Torres.

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