RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de bobinas de papel aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.
Se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de bobinas de papel aluminio originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan por la fracción arancelaria 7607.11.01 de la TIGIE, o por cualquier otra. Se fija como periodo de investigación el comprendido del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2017 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2017. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
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