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TLC Asociados hace de su conocimiento la publicación en el Diario Oficial de la Federación del día 05 de Agosto del presente respecto de RESOLUCIÓN Final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia destacando y concluyendo con lo siguiente:
- Antecedentes. El 23 de septiembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella originarias de la República Popular China y la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de $18 dólares de los Estados Unidos por pieza.
- El 2 de marzo de 2012 se publicó en el DOF la Resolución final del primer examen de vigencia y de la revisión de oficio de la cuota compensatoria. Se determinó prorrogarla por cinco años más.
- Solicitudes. El 28 de julio de 2015 Industrias Tamer, S.A. de C.V. (“Tamer”) manifestó su interés en que la Secretaría iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria.
- Publicación en DOF del inicio de investigación. El 4 de septiembre de 2015
- Producto objeto de investigación. Son los gatos hidráulicos tipo botella con capacidad de carga de 1.5 a 20 toneladas. Estos productos son herramientas o aparatos manuales con forma semejante a una botella, que sirven para levantar cargas pesadas.
- Fracciones arancelarias. ingresa por la fracción arancelaria 8425.42.02 de la TIGIE
- Conclusiones. a Secretaría concluyó que no existen elementos suficientes para determinar que la eliminación de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella originarias de China daría lugar a la repetición de la práctica desleal, por lo que es procedente su eliminación.
- Resolución. Se elimina la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de gatos hidráulicos tipo botella originarias de China.
- Entrada en vigor. 08 de Agosto 2016
- Plazo medio de defensa Procede juicio de amparo indirecto cuyo plazo vence el 26 de agosto;
Podrá consultar la presente publicación en el siguiente link: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5446966&fecha=05/08/2016
Finalmente se indica que ante la inconstitucionalidad de las cuotas compensatorias impuestas por la Secretaría de Economía, los importadores tienen la opción de promover juicio de amparo indirecto, teniendo como plazo hasta el 26 de agosto del presente año para su interposición.
Sin otro particular, quedo a la orden cualquier duda respecto del presente.
Atentamente,
Lic. Brenda Esquivel Amaro
División de Consultoría TLC Asociados, S.C.
brenda@www.tlcasociados.com.mx
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
TLC Asociados informs you regarding the publication in the Official Journal of the Federation on August 5th of this year, in regards to the Final RESOLUTION of the validity examination of the antidumping duty imposed on the imports of hydraulic bottle type jacks originating from the People’s Republic of China, independently of their country of provenance, emphasizing and concluding the following:
- Background. On September 23rd, 2015, it was published in the Official Journal of the Federation (DOF) the Final Resolution of the antidumping investigation on the imports of hydraulic bottle type jacks originating from the People’s Republic of China and the Secretary determined a final antidumping duty of $18 dollars per piece.
- On March 2nd, 2012 the Final Resolution of the first validity exam and automatic review of the antidumping duty was published. It was determined to extend it for five more years.
- Claims. On July 28th, 2015, Industrias Tamer, S.A. de C.V. (“Tamer”) manifested the interest to have the Secretary initiate a validity examination of the antidumping duty.
- Publication in the DOF of the initiation of the investigation. On September 4th, 2015.
- Product object of the investigation. The hydraulic type bottle jacks with a carrying capacity of 1.5 to 20 tons. These products are tools or manual devices, with a form similar to a bottle, used to carry heavy loads.
- Tariff codes. They are entered by the tariff code 42.02 of the TIGIE.
- Conclusions. The Secretary concluded that there aren’t enough elements to determine that the elimination of the antidumping duty imposed on the imports of hydraulic bottle type jacks originating from China would result in the repetition of disloyal practices, therefore its elimination is appropriate.
- Resolution. The antidumping duty imposed on the imports of hydraulic bottle type jacks originating from China is eliminated.
- Entry into force. August 8th, 2016.
- Medium-term defense should indirect amparo whose term expires on August 26.
This publication can be consulted in the following link: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5446966&fecha=05/08/2016
Finally it indicated that before the unconstitutionality of the countervailing duties imposed by the Ministry of Economy, importers have the option of promoting indirect amparo, with the deadline until August 26 this year for filing .
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Sincerely,
Brenda Esquivel Amaro
Consultancy Division of TLC Asociados, S.C.
brenda@www.tlcasociados.com.mx
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