¿QUÉ ES LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA PERSONA FÍSICA?
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Cuando una persona deja de realizar sus actividades empresariales, de servicio o alquiler de bienes en México y por tal motivo desea la baja en el SAT, debe presentar un trámite denominado Suspensión de actividades, este trámite es muy importante, porque ayuda a que la autoridad conozca que un contribuyente no tiene operaciones de negocios y por lo tanto no cuente con la obligación de presentar declaraciones.
El trámite se presenta dentro del mes siguiente cuando el contribuyente deja de realizar todas las actividades económicas que dan lugar a la presentación de declaraciones periódicas, incluyendo el cambio de residencia fiscal (cambio de domicilio y percepción de ingresos en el extranjero).
Si no se presenta, la autoridad presume que siguen activos con la actividad que se desarrollaba y puede ocasionar sanciones si no se cumplen con las obligaciones que se tienen dadas de alta, esto, aunque no se encuentre realizando dicha actividad.
¿Qué se necesita para hacerlo por internet?
- Contar con RFC y contraseña o con e.firma (firma electrónica)
- Establecer un domicilio donde se pueda localizar la contabilidad.
- Conocer la fecha en que se dará de baja
Es importante cumplir lo que dice el Código Fiscal de la Federación, este trámite al igual que otros, se debe de presentar dentro del mes siguiente a aquél en que ya no realicen todas las actividades económicas que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas.
¿Cómo lo presento?
Se ingresa al portal de internet del SAT (www.sat.gob.mx), se elige la opción, Inscripción y actualización, para después elegir Ver más.
En el menú que se muestra se da clic en Actualizaciones en el RFC.
De las opciones mostradas se encuentra Presenta tu aviso de suspensión de actividades como persona física.
En la siguiente ventana se elige la opción INICIAR.
Lo siguiente consiste en iniciar sesión tecleando el RFC y la Contraseña, para después dar clic en Enviar.
O también se cuenta con la opción de manifestar la e.firma y se continúa apretando el botón de Enviar.
Al iniciar la sesión aparece un mensaje y una vez leído se dará clic en Aceptar.
Iniciamos llenando el formulario estableciendo la fecha con la que vamos a suspender actividades, esto es importante porque a partir de esa fecha se dan de baja las obligaciones fiscales que se tenían activas y en caso de contar con Representante Legal se deberá de manifestar el RFC, posterior a eso se selecciona Continuar.
Nota: El campo de representante legal para persona física solo aplican para las personas que cuentan con un documento legal donde se acredite esta representación como por ejemplo el albacea de una Apertura de Sucesión.
A continuación, aparecerán los domicilios que se cuenta dados de alta, debiéndose elegir el Domicilio Fiscal en donde se pueda encontrar al contribuyente y sus papeles de contabilidad. Para verificar la información podemos elegir Ver.
Con la opción anterior se podrá ver los datos que componen dicho domicilio para corroborar que sean correctos. Si están bien los datos, se deberá elegir el botón Cancelar para regresar a la ventana anterior.
Nota: En caso de que se tenga que actualizar el domicilio, se tiene que realizar el aviso de Cambio de Domicilio antes del aviso de Suspensión de Actividades (se puede presentar el mismo día).
Una vez seleccionado el domicilio que cumple con las características mencionadas, se deberá elegir la opción de Continuar.
Una vez elegido el domicilio saldrá el siguiente mensaje en donde daremos clic en Confirmar.
Se mostrará un resumen para verificar la información, si es correcta se concluye tramite dándole clic en Confirmar. Arrojando un acuse donde se muestra la fecha con la que se genera la baja de todos los atributos con los que contaba.
Puntos para considerar una vez presentado el aviso:
- Verificar que se cuente con toda la información en la base de datos, sobre el domicilio fiscal.
- Tener en cuenta que el aviso de la suspensión de actividades exime del cumplimiento de las obligaciones pendientes, por lo que se recomienda verificar la Opinión de Cumplimiento antes de presentar el aviso de suspensión de actividades.
- Una vez presentado el aviso, se debe cumplir con las últimas declaraciones a la que pertenece el periodo en que se da la baja; ejemplo: si la fecha de baja es 10 de febrero entonces se tiene que cumplir con las declaraciones mensuales que pertenecen al periodo de febrero.
- Cumplir con la declaración anual por los meses en los que se estuvo activo, presentándose en el año siguiente a aquel en el que se estuvo activo.
- En cualquier momento se puede reanudar actividades mediante un trámite que se presenta en el portal de internet del SAT.
Fuente:
Servicio de Administración Tributaria.
Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.
Atentamente
División de Corporate Tax en Comercio Internacional y Aduanas
TLC Asociados, S.C.
miguel@www.tlcasociados.com.mx
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