PRUEBA PERICIAL
JURISPRUDENCIA NÚM. VIII-J-SS-19
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
PRUEBA PERICIAL. SU FALTA DE DESAHOGO TRAE CONSIGO UNA VIOLACIÓN DE PROCEDIMIENTO QUE IMPIDE EL ESTUDIO DEL FONDO DEL ASUNTO.-
Cuando la parte actora en su escrito inicial de demanda, ofrece prueba pericial para acreditar los extremos de su acción en relación a una cuestión técnica, y el Magistrado Instructor no obstante haberla admitido omite su desahogo en términos de lo previsto por el artículo 231 del Código Fiscal de la Federación que establece las reglas para tal efecto, ello se traduce en una violación de procedimiento trascendente, que necesariamente debe subsanarse, toda vez que deja al particular en estado de indefensión respecto de la cuestión que pretende demostrar con dicho medio de acreditamiento, lo que impide el estudio y resolución del fondo del asunto, por lo que, lo conducente es devolver el expediente a la Sala de origen, a fin de que reponga el procedimiento en términos del artículo 58 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en materia fiscal.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/57/2016)
PRECEDENTES: V-P-SS-814
Juicio No. 11590/02-17-04-4/736/03-PL-05-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 13 de marzo de 2002, por unanimidad de 11 votos.- Magistrada Ponente: María del Consuelo Villalobos Ortíz.- Secretario: Lic. Horacio Cervantes Vargas.
(Tesis aprobada en sesión de 17 de marzo de 2006)
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