Nuevas fechas para la Manifestación de Valor Electrónica y Certificación Agroexportadora
El 30 de septiembre de 2026 fue publicada en el portal del SAT la Primera versión anticipada de la “Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y Anexo 22”, misma que se dará a conocer próximamente en el DOF.
Esta actualización resulta fundamental para los importadores y agentes aduanales, ya que modifica la aplicación y entrada en vigor del procedimiento para la transmisión de la Manifestación de Valor en las operaciones de comercio exterior.
I. Manifestación de Valor por Medios Electrónicos.
1. Prórroga General del Esquema Transitorio
- Los importadores podrán continuar cumpliendo con esta disposición bajo los términos del esquema transitorio previo (conforme al Transitorio Quinto, segundo párrafo de las RGCE para 2025) hasta el 31 de octubre de 2026, por lo que, podrán continuar expidiendo la manifestación en un formato físico publicado en las RGCE para 2018.
2. Calendario Escalonado por Régimen Aduanero
- A partir del 1 de noviembre de 2026, la obligación de transmitir la Manifestación de Valor en términos de la regla 1.5.1. entrará en vigor de manera gradual y obligatoria, según el régimen aduanero al que se destinen las mercancías.
| Fecha de Entrada en Vigor | Régimen Aduanero |
| 1 de noviembre de 2026 | Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado |
| 15 de noviembre de 2026 | Recinto fiscalizado estratégico |
| 1 de diciembre de 2026 | Tránsito de mercancías |
| 15 de diciembre de 2026 | Depósito fiscal |
| 1 de enero de 2027 | Importación temporal |
| 15 de enero de 2027 | Importación definitiva |
II. Apéndice 9 “Regulaciones y Restricciones No Arancelarias”.
1. Se adiciona el apartado de los permisos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para agregar la clave “CL” con la descripción de “Certificado Laboral para la Agroexportación”.
2. Recordemos que el 1 de mayo de 2026 se publicó en el DOF un decreto sobre certificación laboral agroexportadora y protección forestal en donde se modifica tres leyes clave: la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal faculta a la STPS para expedir certificaciones; la Ley de Comercio Exterior incluye restricciones no arancelarias para evitar la deforestación, el cambio de uso de suelo no autorizado y situaciones laborales/seguridad social; y la Ley Federal del Trabajo adiciona el artículo 283 Quáter sobre el certificado de cumplimiento laboral. En vigor al día siguiente, la STPS emitirá las disposiciones generales en 30 días hábiles. TLC Asociados ofrece asesoría especializada.
FUENTE:
https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/normatividad_rmf_rgce2026.html
“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y promover el cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.
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