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Nuevas disposiciones y plazos de cumplimiento para los sectores regulados ante la LFPIORPI 2026

Nuevas disposiciones y plazos de cumplimiento para los sectores regulados ante la LFPIORPI 2026

La publicación de las nuevas Reglas de Carácter General de la LFPIORPI representa un cambio relevante en la Prevención de Lavado de Dinero en México. La autoridad consolida un modelo basado en riesgos, en el que ya no basta con contar formalmente con expedientes y manuales, sino que resulta necesario acreditar la operación efectiva de mecanismos de identificación, monitoreo, análisis y mitigación de riesgos, respaldados por evidencia suficiente ante eventuales actos de verificación o fiscalización.

Las empresas que operan bajo sectores regulados (como inmobiliarias, comercialización de vehículos, servicios profesionales, desarrollo inmobiliario, entre otros) deberán considerar, entre otros, los siguientes cambios operativos:

  • Incorporar una metodología institucional de Enfoque Basado en Riesgos (EBR), incluyendo la clasificación individual de clientes, sistemas de alertas y fortalecimiento del perfil transaccional.
  • Reforzar la identificación de la estructura de propiedad y control mediante la determinación del Beneficiario Controlador, así como las medidas de debida diligencia aplicables a Personas Políticamente Expuestas (PPE).
  • Fortalecer el resguardo de expedientes y documentación soporte, incluyendo expedientes de identificación y acuses relacionados con la presentación de avisos, por un periodo obligatorio de 10 años.

Ante este escenario, la normatividad contempla mecanismos de carácter preventivo orientados a la regularización de posibles incumplimientos. En particular, el cumplimiento voluntario permite a los sujetos obligados que identifiquen retrasos u omisiones evaluar su regularización de manera espontánea, en los términos previstos por la legislación aplicable.

La entrada en vigor de las nuevas disposiciones se realizará de manera gradual, con el propósito de facilitar su implementación y permitir que los sujetos obligados actualicen sus procesos internos y desarrollen las capacidades necesarias para atender el nuevo marco regulatorio:

  • 30 de noviembre de 2026: Entrada general del nuevo esquema normativo.
  • 01 de marzo de 2027: Obligación de contar con la metodología de riesgo y el Manual de Políticas Internas actualizados.
  • 01 de junio de 2027: Inicio de la operación formal para los mecanismos automatizados de monitoreo.
  • Ejercicio 2028: Conclusión del primer ciclo formal de auditoría anual de efectividad.

Dada la complejidad de la actualización regulatoria en materia de LFPIORPI, anticiparse a la implementación de las nuevas obligaciones será clave para fortalecer el cumplimiento, establecer controles adecuados y atender oportunamente cualquier requerimiento de la autoridad. Para mitigar riesgos y prevenir contingencias, resulta recomendable contar con el acompañamiento de asesores fiscales especializados.

“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y promover el cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:

División de Impuestos Corporativos

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Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.

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