Modificación a las Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
El 24 y 31 de julio de 2014 se publicaron en el diario oficial de la federación modificaciones a las reglas relativas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) en resumen se reformaron 16 artículos se adicionaron 9 artículos y se derogaron disposiciones de 2 artículos, las principales cambios relacionados con la actividad del agente aduanal consisten en lo siguiente:
• Artículo 6.- notificaciones electrónicas
1. Las notificaciones se considerarán efectuadas el día en que quienes realicen Actividades Vulnerables y consulten el medio electrónico o si no se realiza la consulta se considerarán realizadas el día hábil que corresponda.
2. Se deberá consultar los medios electrónicos al menos los días quince y último de cada mes o bien, el día hábil siguiente si alguno de éstos fuere inhábil.
3. Si por causas imputables a la Secretaría, la UIF o el SAT, existiera imposibilitados para consultar los medios o para abrir los documentos electrónicos que contengan la información depositada en los mismos, en los días señalados lo harán del conocimiento del SAT, a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que ocurra dicho impedimento, a través del correo o dirección electrónica que el propio SAT señale en el Portal en Internet, a efecto de que sean notificados por alguna otra forma hasta en tanto no se solvente el impedimento señalado.
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