LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO VII-P-2aS-926
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
VII-P-2aS-926
INCOMPETENCIA POR MATERIA EN JUICIO SUMARIO, LOS MAGISTRADOS INSTRUCTORES NO TIENEN LEGITIMACIÓN ACTIVA PARA HACERLA VALER.-
De una interpretación al contenido del artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se desprende que se encuentran legitimados para promover un incidente de incompetencia por razón de materia, el demandado y el tercero interesado, además de las Salas Regionales y Especializadas de este Tribunal, pero no los Magistrados instructores, pues dicho dispositivo nunca alude a los mismos para esos efectos; aún más el numeral 38 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que previene las atribuciones de que están investidos dichos Magistrados en forma unitaria, no les otorga tampoco potestades para declararse incompetentes materialmente de los asuntos que se les turnan a su conocimiento, pues se insiste la facultad está concedida -entre otros- a las Salas como órganos colegiados, integradas por tres Magistrados según lo establecido en el diverso 31 de la citada Ley Orgánica, de donde resulta entonces, que cuando estos actúan unitariamente declarándose incompetentes, carecen de legitimidad procesal activa para esos efectos.
PRECEDENTES:
VII-P-2aS-490
Incidente de Incompetencia por Razón de Materia Núm.19701/13-17-07-2/3042/13-EAR-01-5/1714/13-S2-09-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de enero de 2014, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrada Ponente: Magda Zulema Mosri Gutiérrez.- Secretario: Lic. José Antonio Rivera Vargas. (Tesis aprobada en sesión de 16 de enero de 2014) R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 33. Abril 2014. p. 627
VII-P-2aS-858
Incidente de Incompetencia Núm. 10580/15-17-05-8/ 1621/15-EAR-01-1/724/15-S2-07-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de julio de 2015, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: Magda Zulema Mosri Gutiérrez.- Secretario: Lic. Adolfo Ramírez Juárez. (Tesis aprobada en sesión de 14 de julio de 2015) R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 52. Noviembre 2015. p. 623
REITERACIÓN QUE SE PUBLICA:
VII-P-2aS-926
Incidente de Incompetencia en Razón de Materia Núm. 1351/15-13-01-7/2777/15-EAR-01-1/1419/15-S2-07-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 20 de octubre de 2015, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: Magda Zulema Mosri Gutiérrez.- Secretario: Lic. Adolfo Ramírez Juárez. (Tesis aprobada en sesión de 20 de octubre de 2015)
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