TLC Asociados
tlc@tlcasociados.com.mx
  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
    • TLC INFINITI
    • Plataforma Risk Control
    • Auditoría de Cumplimiento T-MEC
    • Acompañamiento en visita domiciliaria y revisiones de gabinete
    • Mantenimiento para empresas IMMEX y PYME
      • IMMEX 360
      • NANO PYME
      • NANO Fit
    • Mantenimiento C-TPAT
    • Auditoría Preventiva y de Cumplimiento
    • Arquitectura Aduanera
    • Certificación IVA/IEPS y Anexo 31
    • Certificación OEA y C-TPAT
    • Impuestos Corporativos
    • Clasificación Arancelaria
    • Trámites y Gestiones en Comercio Exterior y Aduanas
    • Gestoría de Permisos Especiales
    • Soluciones Legales
  • LIBROS
  • T-MEC
  • Boletines
    • Boletines de Cumplimiento
    • Cumplimiento en Comercio Exterior y Aduanas: Puntos Clave
    • Recomendaciones y Tips de Debido Cumplimiento
    • Sección Especial: Se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), conoce los detalles aquí.
      • Consulta los boletines técnicos emitidos por la ANAM
    • Sección Especial: Manifestación de valor: Todo lo que debes de saber a 2022.
    • Sección Especial: CFDI y Complemento Carta Porte: Todo lo que debes saber a 2022.
  • BEE Conocimiento
    • Calendario
  • Medios
  • Blogs
    • Diario de un Fiscalista
    • Compliance 360
  • Contacto

(es)

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO

VII-P-SS-379

JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. ES IMPROCEDENTE EL ANÁLISIS DE ACTOS PRESUNTAMENTE IRREGULARES IMPUTADOS A UNA AUTORIDAD DI- VERSA A LA SEÑALADA COMO RESPONSABLE EN EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO.-                              

                   

Si bien es cierto, conforme a lo establecido por el artículo 113 párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los particulares tienen el derecho a solicitar una indemnización por la actividad administrativa irregular del Estado; también lo es, que el legislador estableció un procedimiento específico en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, sentando los lineamientos y bases adjetivas que deben respetarse para determinar si ha lugar al pago de daños y perjuicios al particular por esa actividad lesiva. En ese sentido, el artículo 18 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, establece que el interesado debe presentar su reclamación ante la dependencia o entidad presuntamente responsable, conforme a lo establecido    en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; de manera que, sean las propias dependencias u órganos estatales a quienes se vincula con la lesión reclamada, las que acrediten que su actuar no fue desapegado del marco jurídico que las rige. De ahí, que si el reclamante vía jurisdiccional se duele de otros actos, diversos a aquel que señaló dio origen a la actividad irregular reclamada y que además son imputados  a una autoridad distinta a la señalada como responsable, su análisis es improcedente, puesto que el procedimiento de responsabilidad patrimonial del Estado y su revisión vía juicio contencioso administrativo, se limita a la acción administrativa que lo produjo, así como a la dependencia u órgano a quien se vincula con la actividad y lesión  reclamada.

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 28521/11-17-01- 2/1739/14-PL-02-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 10 de febrero de 2016, por unanimidad de 9 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. Diana Patricia Jiménez  García.

(Tesis aprobada en sesión de 15 de junio de  2016)

Search

Nuestros servicios

  • División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
  • División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
  • División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
  • División de Blindaje Legal
  • División de Consultoría
  • División de Lobbying
  • Gestoría de Permisos Especiales
  • Arquitectura Aduanera
  • Revista TLC
  • Libros TLC

Visitas a la página

contador de visitas javascript

  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
  • Artículos TLC
  • Boletín Fiscal Aduanero
  • Medios
  • Capacitación
  • Contacto
  • Politica de Privacidad
Copyright © 2024 TLC Asociados