IURA NOVIT CURIA.- EL DERECHO NO ESTÁ SUJETO A PRUEBA
IURA NOVIT CURIA.- EL DERECHO NO ESTÁ SUJETO A PRUEBA.- El principio general del derecho que reza iura novit curia, el derecho no está sujeto a prueba, debe aplicarse en caso de que el actor en el juicio de nulidad sustente su pretensión en un ordenamiento que no es aplicable. Lo anterior, dado que la inexacta invocación de los preceptos legales que el actor considere aplicables, no constriñe al juzgador a sustentarse en dicha manifestación, puesto que tiene la obligación de atender al derecho efectivamente aplicable, y no al manifestado por el actor.
PRECEDENTE:
VI-P-1aS-483
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 31996/08-17-07-8/1590/10-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 7 de junio de 2011, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretario: Lic. Juan Pablo Garduño Venegas.
(Tesis aprobada en sesión de 18 de agosto de 2011)
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año I. No. 3. Octubre 2011. p. 163
REITERACIÓN QUE SE PUBLICA:
VIII-P-1aS-102
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 7060/15-17-06- 10/2405/16-S1-02-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 12 de enero de 2017, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. Diana Patricia Jiménez García.
(Tesis aprobada en sesión de 12 de enero de 2017)
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