Formas de garantizar el Interés Fiscal
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El día de hoy les enviamos un análisis de los mecanismos para garantizar el interés fiscal, particularmente, éste año el Servicio de Administración Tributaria continuará con los proyectos de fiscalización de alto impacto, por lo que por error u omisión podemos estar expuestos a un eventual procedimiento que afecte el patrimonio de los contribuyentes.
Recordemos que comúnmente, cuando los créditos fiscales no han sido garantizados, al día siguiente del vencimiento del plazo para recurrir la resolución liquidadora, la autoridad hacendaria formula el mandamiento de ejecución, con el cual, da inicio el Procedimiento Administrativo de Ejecución, generando la realización del acta de requerimiento de pago, y la consecuente acta de embargo, que se ordena ejecutar de acuerdo a lo establecido en el artículo 151 del Código Fiscal de la Federación es decir, el embargo de bienes suficientes.
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