El flash del comercio electrónico
La primera página de internet cumplió 25 años el pasado 23 de agosto, Sir Tim Berners -desarrolló y abrió al mundo la primera World Wide Web colaborando dentro de la “Organización Europea para la Investigación Nuclear”, por sus silgas “CERN”, misma que todavía se puede consultar en esta liga. La investigación que inició desde 1989 fue del dominio público ese 23 de marzo de 1991.
En la década de los 90 hablar de e-commerce era plantear una transacción comercial entre dos entidades distantes y medios de pago muy sencillos (transferencias bancarias con su correspondiente verificación por fax o vía correo electrónico), el primer pago electrónico se estima fue realizado en el año de 1995.
Desde dicha época hasta la actualidad, el e-commerce se ha venido transformando de una manera más acelerada que las normas que lo regulan.
El e-commerce consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través redes de comunicación, es decir, de medios electrónicos, tales como Internet y otras redes informáticas, sin importar el lugar donde se encuentre el adquirente o el momento en donde desea hacerlo. En este sentido, Keneth Laudon, profesor en Stern School of Business at New York University, menciona que el comercio electrónico “comprende las transacciones comerciales digitales que ocurren entre organizaciones, entre individuos, y entre organizaciones e individuos”.
Para la Organización Mundial de Comercio (OMC) la operación se pacta electrónicamente, pero el pago y la entrega no necesariamente suceden en línea o por medios electrónicos, en este contexto el Mtro. Ricardo Mendez, resalta que en los Acuerdos relacionados con la OMC, es posible definir el comercio electrónico como aquel que abarca tres diferentes tipos de transacción, todos los cuales requieren consideración:
- El suministro de los propios servicios de acceso a Internet, que significa el suministro de acceso a la red para las empresas y los consumidores.
- La prestación electrónica de servicios, es decir, transacciones en las cuales los productos de servicios se entregan al cliente en forma de corrientes de información digitalizada.
- La utilización de Internet como un canal para los servicios de distribución, mediante el cual se compran bienes y servicios a través de la red, pero la entrega al consumidor se efectúa posteriormente en forma no electrónica.
En cuanto al suministro de un servicio por medios electrónicos, es importante identificar las formas en que puede ser prestado de conformidad con el “Acuerdo General Sobre el Comercio de Servicios” de la OMC, existiendo tres escenarios. El primero del territorio de un miembro al territorio de cualquier otro miembro; en el territorio de un miembro a un consumidor de servicios de cualquier otro miembro; por un proveedor de servicios de un Miembro mediante presencia comercial en el territorio de cualquier otro miembro;
En un reporte presentado por “El Economista” menciona que la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI), establece que en el 2015, el e-commerce tuvo un valor de mercado en nuestro país de 257 mil 090 millones de pesos (mdp), lo que representa un aumento de 59% desde el 2014, cuando su valor fue de 162 mil 100 mdp. Entre el 2009 y el 2015, el valor del comercio electrónico en México registró un crecimiento de más de 900%, al pasar de 25 mil 500 mdp a 257 mil mdp.
Sería difícil entender el comportamiento de los mercados en el caso de que culminara el TLCAN, pero existen factores económicos que prevalecerán ante cualquier condición normativa futura.
Dentro de las modalidades de comercio digital tenemos:
B2B (Business-to-Business)
Es utilizado para definir la relación de negocio por medios electrónicos entre un fabricante y el distribuidor de un producto o entre el distribuidor y el comercio minorista, pero actualmente la definición se amplía al negocio que efectúen entre las partes de cualquier eslabón en la cadena de suministro.
B2C (Business-to-Consumer)
Refiere al comercio o estrategia entre las empresas comerciales para realizar negocios con el cliente o consumidor final, es la modalidad más popular de negocios en línea.
B2E (Business to Employee)
Relación comercial entre una empresa y sus propios empleados.
B2G (Business to Government) o G2B (Government to Business)
Consiste en los procesos de solicitud, oferta y negociación productos o servicios entre empresas y el gobierno a través del uso de Internet.
C2B (Consumer-to-Business)
Es considerado un esquema invertido de negocio en la red, dentro del cual los consumidores ofrecen productos y servicios a fabricantes, distribuidores y compañías.
C2C (Consumer-to-Consumer)
El término define un modelo de negocio mediante el uso de la red que relaciona comercialmente el usuario o destinatario final con otro destinatario final.
G2C (Government to Consumer)
A través de plataformas electrónicas el Gobierno brinda servicios 24/7 para los consumidores finales.
G2G (Government to Government)
La brecha u oportunidad se abre en el uso de tecnológicas y la relación o suministro que se brindan entre los sectores de gobierno, federal, estatal y municipal.
Existen grandes áreas de oportunidad en el aspecto normativo de la era del comercio digital, por lo la falta de regulación podría impactar en grandes rubros, como laboral, seguridad informática, protección de datos, competencia, reducción de la producción local, pérdida de ingresos fiscales y aduaneros de los Estados, control de las garantías, seguros, responsabilidades directas y solidarias.
Pero por otro lado, genera mayor variedad de mercancías siendo determinante el precio y no la calidad en muchos de los casos, disminuyendo la lealtad del cliente, pero permitiría la Internacionalización de las Pequeñas y Medianas empresas, siempre y cuando se establecería un marco regulatorio internacional que incentive y elimine las asimetrías con las grandes multinacionales.
Recientemente, dentro de la comunidad Europea Google fue sancionado derivado del manejo que realizaba en la plataforma para ofertar servicios y productos, “por vulnerar la competencia en el mercado de las búsquedas por Internet”.
Asimismo, en Europa la a Comisión Europea determinó que Apple pagará 13 mil millones de euros (mde) de impuestos no cobrados por Irlanda gracias a acuerdos fiscales “ilegales”. En dicho documento hacen referencia a Microsoft, Amazon y Google, ya que a través de estrategias fiscales reducen el impuesto sobre sociedades, al lograr acuerdos en lo particular con estados miembros de la comunidad europea, pero que son discriminatorias para los demás contribuyentes dentro de la misma comunidad, lo que genera una desventaja competitiva directa para otras multinacionales europeas y por supuesto para las Pyme’s.
Sin extremos en el marco regulatorio, los aranceles y tarifas aduaneros se eludirían y las plataformas de servicios de venta en línea y empresas de mensajerías, serían las grandes beneficiadas, a expensas de las pequeñas y medianas empresas locales.
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