“Declaración Informativa de Empresas Manufactureras Maquiladoras y de Servicios de Exportación (DIEMSE).”
TLC Asociados informa a todos nuestros usuarios y amigos lo correspondiente a la obligación por parte de las empresas maquiladoras para presentar la Declaración Informativa de operaciones de maquila y servicios de exportación (DIEMSE) correspondiente al ejercicio fiscal de 2014 de acuerdo con lo establecido en el artículo 182 segundo párrafo, 183 párrafos segundo y cuarto, fracción II inciso c) de la Ley del ISR así como la reglas 2.8.9.1 y 2.8.9.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.
Obligación de presentar la DIEMSE
La obligación de presentar de forma anual la mencionada Declaración es a más tardar en el mes de Junio del año de que se trate, misma que contaba con una prorroga establecida dentro del período comprendida del 15 de febrero al 15 de Marzo de 2016 publicada en la Resolución de Miscelánea Fiscal de 2016 y sus Anexos el día 23 de diciembre de 2015 a través del DOF.
Abril 2016, PRORROGA para presentar DIEMSE
En este contexto TLC Asociados informa, que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su portal oficial dio a conocer el anteproyecto de la Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 y sus Anexos en la cual establece, la prórroga para presentar la DIEMSE dentro de período comprendido del “15 de febrero al 15 de abril de 2016” señalado en su artículo TERCERO el cual reforma, el artículo vigésimo primero transitorio de la RMF para 2016 publicada el 23 de Diciembre de 2016.
Ahora bien, dicha prorroga aún no se encuentra publicada en el DOF sin embargo, la regla 1.8 de la misma Resolución nos permite considerar las publicaciones anticipadas en el portal del SAT y tomar las medidas pertinentes que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
DIEMSE 2014 – Disponible en el Portal del SAT
Cabe señalar, que ya se encuentra disponible en el Portal del SAT en su apartado de Declaraciones, la DIEMSE de 2014 en la cual deberá ingresar con su clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y su clave de identificación electrónica confidencial (CIEC) o en su caso, la firma electrónica avanzada (FIEL).
Información que deberá considerar para la DIEMSE
De lo anterior se indica de forma general, la información que deberán considerar para la DIEMSE a efecto de dar cumplimiento en materia de precios de transferencia las empresas que lleven a cabo operaciones de maquila, como sigue:
- Los datos de la Modalidad del programa IMMEX autorizado, de las certificaciones en materia de comercio exterior, así como de los residentes en el extranjero con los que opera.
- Información financiera y fiscal, respecto de los ingresos de la maquila, utilidad fiscal e impuesto sobre la renta pagado así como, de las devoluciones del IVA y/o acreditable, retenido, trasladado, compensado o solicitado.
- Calculo del porcentaje de la maquinaria y equipo utilizado en actividad de maquila.
- Información del Safe Harbor
- Deducción adicional para maquiladoras de sueldos y prestaciones exentas pagadas a los trabajadores
- Información detallada como empresas de manufactura bajo la modalidad de Albergue.
- Información relacionada con los valores de importaciones temporales, definitivas, retornos, exportaciones definitivas en el módulo de operaciones de comercio exterior.
Finalmente se indica, que el cumplimiento de la presente declaración es parte sin duda, de las medidas fiscalizadoras que las autoridades tienen previstas, a efecto de que las contribuyentes puedan informar respecto de sus operaciones y que permitirán brindar una mayor certeza jurídica al Fisco, desde lo ahora ya señalado como empresa maquiladora establecida en México por la Ley del Impuesto sobre la renta.
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