TLC Asociados
tlc@tlcasociados.com.mx
  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
    • TLC INFINITI
    • Plataforma Risk Control
    • Auditoría de Cumplimiento T-MEC
    • Acompañamiento en visita domiciliaria y revisiones de gabinete
    • Mantenimiento para empresas IMMEX y PYME
      • IMMEX 360
      • NANO PYME
      • NANO Fit
    • Mantenimiento C-TPAT
    • Auditoría Preventiva y de Cumplimiento
    • Arquitectura Aduanera
    • Certificación IVA/IEPS y Anexo 31
    • Certificación OEA y C-TPAT
    • Impuestos Corporativos
    • Clasificación Arancelaria
    • Trámites y Gestiones en Comercio Exterior y Aduanas
    • Gestoría de Permisos Especiales
    • Soluciones Legales
  • LIBROS
  • T-MEC
  • Boletines
    • Boletines de Cumplimiento
    • Cumplimiento en Comercio Exterior y Aduanas: Puntos Clave
    • Recomendaciones y Tips de Debido Cumplimiento
    • Sección Especial: Se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), conoce los detalles aquí.
      • Consulta los boletines técnicos emitidos por la ANAM
    • Sección Especial: Manifestación de valor: Todo lo que debes de saber a 2022.
    • Sección Especial: CFDI y Complemento Carta Porte: Todo lo que debes saber a 2022.
  • BEE Conocimiento
    • Calendario
  • Medios
  • Blogs
    • Diario de un Fiscalista
    • Compliance 360
  • Contacto
“Cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de China”.

“Cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de China”.

TLC Asociados hace de su conocimiento la publicación en el Diario Oficial de la Federación del día 04 de Noviembre de 2016 del presente respecto de RESOLUCIÓN Final del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, destacando y concluyendo con lo siguiente:

  • Antecedentes. El 24 de febrero de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de China donde la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva a las importaciones cuyos precios fueran inferiores al precio de referencia de $1,772 dólares por tonelada métrica, equivalente a la diferencia entre ese precio de referencia y el valor en aduana, multiplicada por el número de toneladas métricas que conformaran el embarque amparado por cada pedimento de importación. El monto de la cuota compensatoria no debía rebasar el 56% ad valorem sobre el valor en aduana.
  • El 20 de junio de 2013 se publicó en el DOF la Resolución final de la revisión de la cuota compensatoria donde se determinó modificarla por una cuota compensatoria definitiva de $1,252 dólares por tonelada métrica.
  • El 15 de enero de 2016 Tubos de Acero de México, S.A. (TAMSA) manifestó su interés en que la Secretaría iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria
  • Publicación en DOF del inicio de investigación. El 22 de febrero de 2016 se publicó en el DOF la Resolución que declaró el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria.
  • Producto objeto de investigación Se trata de tubería de acero sin costura (con excepción de la inoxidable), con diámetro nominal externo igual o mayor a 5 pulgadas (141.3 mm de diámetro externo real) y menor o igual a 16 pulgadas (406.4 mm de diámetro externo real), independientemente del espesor de pared, recubrimiento o grado de acero con que se fabrique. Esta tubería incluye la denominada tubería para conducción (o tubería estándar), tubería de presión y tubería de línea, que en los Estados Unidos se conocen como “standar pipe”, “pressure pipe” y “line pipe”, respectivamente.
  • Fracciones arancelarias. Ingresa por las fracciones arancelarias 7304.19.02, 7304.19.99, 7304.39.06 y 7304.39.99 de la TIGIE.
  • la Secretaría concluyó que existen elementos suficientes para determinar que la eliminación de la cuota compensatoria a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de China, daría lugar a la repetición de la práctica desleal.
  • Resolución. Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria definitiva de $1,252 dólares por tonelada métrica por cinco años más, contados a partir del 25 de febrero de 2016.
  • Entrada en vigor. 07 de noviembre de 2016

Podrá consultar la presente publicación en el siguiente link: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5459868&fecha=04/11/2016

Consulta con los expertos de TLC Asociados los medios de defensa para revisar las resoluciones finales de las cuotas compensatorias impuestas por la autoridad.

Sin otro particular, quedo a la orden cualquier duda respecto del presente.

Atentamente,

Lic. Brenda Esquivel Amaro

División de Consultoría TLC Asociados, S.C.

brenda@www.tlcasociados.com.mx

Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.

Search

Nuestros servicios

  • División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
  • División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
  • División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
  • División de Blindaje Legal
  • División de Consultoría
  • División de Lobbying
  • Gestoría de Permisos Especiales
  • Arquitectura Aduanera
  • Revista TLC
  • Libros TLC

Visitas a la página

contador de visitas javascript

  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
  • Artículos TLC
  • Boletín Fiscal Aduanero
  • Medios
  • Capacitación
  • Contacto
  • Politica de Privacidad
Copyright © 2024 TLC Asociados