TLC Asociados
tlc@tlcasociados.com.mx
  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
    • TLC INFINITI
    • Plataforma Risk Control
    • Auditoría de Cumplimiento T-MEC
    • Acompañamiento en visita domiciliaria y revisiones de gabinete
    • Mantenimiento para empresas IMMEX y PYME
      • IMMEX 360
      • NANO PYME
      • NANO Fit
    • Mantenimiento C-TPAT
    • Auditoría Preventiva y de Cumplimiento
    • Arquitectura Aduanera
    • Certificación IVA/IEPS y Anexo 31
    • Certificación OEA y C-TPAT
    • Impuestos Corporativos
    • Clasificación Arancelaria
    • Trámites y Gestiones en Comercio Exterior y Aduanas
    • Gestoría de Permisos Especiales
    • Soluciones Legales
  • LIBROS
  • T-MEC
  • Boletines
    • Boletines de Cumplimiento
    • Cumplimiento en Comercio Exterior y Aduanas: Puntos Clave
    • Recomendaciones y Tips de Debido Cumplimiento
    • Sección Especial: Se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), conoce los detalles aquí.
      • Consulta los boletines técnicos emitidos por la ANAM
    • Sección Especial: Manifestación de valor: Todo lo que debes de saber a 2022.
    • Sección Especial: CFDI y Complemento Carta Porte: Todo lo que debes saber a 2022.
  • BEE Conocimiento
    • Calendario
  • Medios
  • Blogs
    • Diario de un Fiscalista
    • Compliance 360
  • Contacto

CAUSA DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO. ES INFUNDADA SI LA RESOLUCIÓN RECAÍDA AL RECURSO ADMINISTRATIVO DE QUE SE TRATE, NO SATISFACE EL INTERÉS JURÍDICO DE LA DEMANDANTE

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 fracción I y 9 fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, debe sobreseerse el juicio contencioso administrativo federal de que se trate, cuando la resolución impugnada o el acto controvertido, no afecte los intereses de la demandante; sin embargo, no puede estimarse que se actualizan dichas hipótesis, cuando la resolución impugnada es la recaída a un recurso administrativo, mediante la cual se ordenó dejar insubsistente la resolución o acto inicialmente controvertido en sede administrativa para determinados efectos; pero, con tal determinación no se satisface el interés jurídico de la demandante; ya que, en la parte que no satisfizo las pretensiones de la parte actora, continúa afectando su esfera jurídica; en consecuencia, la causa de improcedencia y sobreseimiento invocada por la autoridad emplazada a juicio en esos términos, debe calificarse como infundada.

PRECEDENTE:

VII-P-1aS-1173

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1252/12-01-01-5/304/14-S1-02-01.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 17 de marzo de 2015, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. Beatríz Rodríguez Figueroa. (Tesis aprobada en sesión de 28 de mayo de 2015)

Search

Nuestros servicios

  • División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
  • División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
  • División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
  • División de Blindaje Legal
  • División de Consultoría
  • División de Lobbying
  • Gestoría de Permisos Especiales
  • Arquitectura Aduanera
  • Revista TLC
  • Libros TLC

Visitas a la página

contador de visitas javascript

  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
  • Artículos TLC
  • Boletín Fiscal Aduanero
  • Medios
  • Capacitación
  • Contacto
  • Politica de Privacidad
Copyright © 2024 TLC Asociados