
Aviso sobre la emisión de certificados de origen para autopartes al amparo del apéndice II del ACE No.55
El pasado 26 de marzo de 2025 se publicó mediante el portal de SNICE el oficio No. 516.2025.0970 “Aviso sobre la emisión de certificados de origen para autopartes al amparo del apéndice II del ACE No.55”, en este se separan 4 puntos, en los cuales se menciona lo siguiente:
- En el primer apartado se menciona que se expedirán certificados de origen para las autopartes comprendidas en el literal d) del artículo primero del Apéndice II “Sobre el comercio en el sector automotor entre Brasil y México” del acuerdo ACE No.55, distintas de las destinadas al mercado de repuestos, siempre que sean producidas en territorio mexicano y se destinen a la manufactura de vehículo que sea ensamblado en Brasil para su posterior exportación a México.
Se menciona que, para efectos de dicho párrafo anterior, se podrán aplicar las normas de origen establecidas en el artículo quinto del Quinto Protocolo al Apéndice II del ACE No.55.
- En el segundo apartado se menciona que, para las partes producidas en territorio mexicano, que se destinen a la manufactura de un vehículo automotor ensamblado en territorio mexicano para ser exportado a Brasil, será posible utilizar las normas de del artículo quinto del Quito Protocolo Adicional al Apéndice II del ACE No.55.
- El tercer apartado menciona que, para las autopartes exportadas directamente, incluso al mercado de repuestos, se podrá seguir tramitando el Registro de Productos Elegibles y solicitar el certificado de origen correspondiente bajo la norma de origen establecida en el artículo cuarto del Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice II del ACE No.55, siempre que se cumpla con el contenido regional de al menos 40%.
- El cuarto punto menciona que se deja sin efectos el Oficio No. 516.2024.2887 de fecha 9 de septiembre de 2024
- El oficio No. 516.2024.2887 de fecha 9 de septiembre de 2024 se dejaba sin efectos el Oficio No.516.2024.2386 de fecha 24 de julio de 2024 esto se comentaba en el primer punto de dicho oficio, asimismo se mencionaba en los puntos tercero, cuarto y quinto la autoridad encargada de gestiones, el portal de publicación y el correo electrónico de dudas, correspondientemente.
FUENTE:
https://www.snice.gob.mx/~oracle/SNICE_DOCS/ACE55-ORIGEN_20250326-20250326.pdf
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