
Aviso mediante el cual se da a conocer el cupo máximo para exportar azúcar a EUA
Dado que la caña de azúcar es un producto básico y estratégico en términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, y tanto la caña de azúcar como el azúcar de caña son productos necesarios para la economía nacional y el consumo popular, el 05 de octubre de 2017 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación, mismo que fue modificado mediante acuerdo publicado en el DOF el 27 de diciembre del 2020, estableciendo un cupo máximo para exportar a los Estados Unidos de América, azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos que derive de la caña de azúcar o de remolacha.
En relación con lo anterior, el pasado 20 de octubre del 2021 es publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el AVISO mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo al mes de septiembre de 2021, para exportar azúcar a los Estados Unidos de América durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.
El punto 13 del Acuerdo mencionado establece la fórmula para determinar el monto del cupo total de cada ciclo azucarero, el cual será determinado en toneladas métricas valor crudo. Estos montos se calcularán durante el mes de julio de cada año y se tendrán ajustes durante septiembre, diciembre y marzo de cada ciclo azucarero; mismo que será dado a conocer por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior y la Dirección General de Industrias Ligeras de la Secretaría de Economía, mediante avisos publicados en el DOF.
Durante el periodo del 01 de octubre de 2021 al 30 de septiembre del 2022, el cupo total será el siguiente:
Monto | Unidad de medida |
688,308.316 | Toneladas métricas valor crudo |
La formula utilizada es la siguiente: CTt+1= mín [(Xt+1 *Z), Yt+1]
Donde:
- CTt+1 = Cupo total calculado en septiembre de 2021.
- Xt+1 = Necesidades totales de EUA, con base en la publicación del Informe de septiembre de 2021 sobre las estimaciones de la oferta y la demanda agropecuaria mundiales (WASDE por sus siglas en inglés), el cual puede ser consultado a través del URL: https://usda.library.cornell.edu/concern/publications/3t945q76s?locale=en
Que se calcula de la siguiente manera:
(Uso total * 1.135) – inventarios iniciales – producción de azúcar de caña y remolacha – importaciones bajo arancel-cupo – importaciones bajo otros programas de importación – (otras importaciones según precise el WASDE en la nota 5 de la tabla denominada U.S. Sugar Supply and Use (Oferta y Uso de Azúcar en Estados Unidos) para otras de alto nivel + otras).
De conformidad con el Punto 15, fracción II, inciso b) del Acuerdo, en septiembre sólo se podrán asignar 540,813.677 TMVC.
En relación con el cupo del mes de julio 2021, el diferencial de cupo por asignar para el mes de septiembre de 2021 es de: 146,521.683 TMVC.
Dicha asignación tiene vigencia del 1 de enero de 2022 al 30 de septiembre de 2022, esto de acuerdo con lo señalado en el punto 18 fracción II del Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación.
A fin de conocer a mayor detalle los cálculos de los cupos máximos para exportar a los Estados Unidos de América (EUA) azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos, que derive de la caña de azúcar o de remolacha, dejamos a su disposición las ligas de consulta de dichos acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Federación:
1.- ACUERDO por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5500077&fecha=05/10/2017
2.- ACUERDO que modifica al diverso por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5608869&fecha=27/12/2020
3.- AVISO mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo al mes de septiembre de 2021, para exportar azúcar a los Estados Unidos de América durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5633254&fecha=20/10/2021
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