
Anteproyecto del nuevo Acuerdo de Reglas y Criterios de la SE
El 11 de noviembre de 2021 fue publicado en el portal de la CONAMER el anteproyecto que tiene por objetivo dar a conocer el nuevo “Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, el cual tendría vigencia una vez que sea publicado por el medio de difusión oficial, salvo sus transitorios.
- El Proyecto del nuevo acuerdo contiene 4 Títulos, 20 capítulos y alrededor de 187 reglas, y 5 transitorios.
- Asimismo, la estructura cuenta con 14 Anexos, y antes tenía 11 Anexos.
- El Título 1 contiene 5 Capítulos con 18 reglas, y anteriormente tenía 4 capítulos con 12 disposiciones. Sin embargo, al ser eliminado el Título 5 algunas de las disposiciones formaron parte de este título.
En este contexto, los puntos que resaltan en el Título 1 “Disposiciones Generales” son los que se indican a continuación:
Anteproyecto RCSE | Comentarios | RCSE Vigente |
1.1.1 | Redacción similar sobre el objeto del acuerdo con respecto a su estructura para facilitar la aplicación de la normatividad de comercio exterior. | 1.1.1 |
1.2.1 | a) Redacción similar sobre la terminología considerada en este instrumento jurídico. b) Contiene 76 conceptos, y anteriormente tenía 68 términos. c) Algunos de los conceptos adicionados son: – Acuerdo de facilidades Administrativas al Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 2021. d) En particular, la definición de Empresa Certificada en este Acuerdo tiene un alcance mayor que la definición contemplada en el Glosario de Definiciones y Acrónimos de las RGCE para 2020 (III. Definiciones, Numeral 17.) |
1.2.1 |
1.3.1 | a) Redacción similar que concentra varias disposiciones sobre los trámites que deben realizarse conforme a la normatividad. b) Adicionalmente, se contempla el apoyo en la realización de los trámites de acuerdo con los principios de los actos administrativos. |
1.3.1 1.3.7 |
1.3.2 | Redacción similar sobre los requisitos que deben considerarse para efectos de las gestiones de mantener el RFC activo, y la verificación del estatus. | 1.3.1, último párrafo. |
1.3.3 | a) Este dispositivo indica el procedimiento para sustanciar los trámites mediante correos electrónicos de la DGFCCE u Oficinas de representación. b) Asimismo, este precepto se relaciona con el “Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican” DOF 04/08/2021. c) El Anexo 1.3.3 contiene los correos electrónicos habilitados para los distintos trámites ante la DGFCCE. |
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1.3.4 | Redacción similar sobre la documentación utilizada para acreditar el domicilio del solicitante en los trámites ante la SE. | 1.3.3 |
1.3.5 | a) Este dispositivo indica los requisitos que deben contemplar los escritos libres que se presenten ante la DGFCCE u Oficinas de representación. b) Asimismo, este precepto se relaciona con el “Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican” DOF 04/08/2021. |
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1.3.6 | Redacción similar que establece la atribución de la SE para prevenir a los interesados cuando las solicitudes no reúnan los requisitos del trámite. | 1.3.7, párrafos, cuarto, quinto y sexto. |
1.3.7 | Redacción similar que menciona los principios de los actos administrativos que rigen en ausencia de reglas. | 1.3.4 |
1.3.8 | a) Redacción similar que establece las facultades de la SE para verificar la información de los particulares y comprobar el cumplimiento de la normatividad. b) También, menciona que podrá realizarse una visita de verificación por autoridades con quienes se tenga un convenio de colaboración. |
1.3.5 |
1.4.1 | a) Redacción similar sobre los trámites que pueden efectuarse mediante la Ventanilla Digital. b) En el Anexo 1.4.1 se actualizarán los trámites que queden liberados. |
5.1.1 |
1.4.2 | Redacción similar que menciona las condiciones y términos del uso de la Ventanilla Digital. | 5.2.1 |
1.4.3 | Redacción similar sobre pedir apoyo a las Oficinas de representación de la SE para recibir orientación sobre la realización de los trámites. | 1.3.7 |
1.4.4 | Redacción similar sobre la obligación de proporcionar la información y documentación de manera digital, así como de la responsabilidad de la veracidad. | 5.4.1 |
1.4.5 | Redacción similar sobre los tramites iniciados en la Ventanilla Digital, la prevención y desahogo, así como la imposición de sanciones. | 5.5.1 |
1.4.6 | Redacción similar sobre la notificación de los actos administrativos mediante la Ventanilla Digital. | 5.6.1 |
1.5.1 | a) Redacción similar sobre la información disponible en el portal de SNICE. b) Adicionalmente, menciona 8 tipo de autorizaciones que serán publicados en el citado sitio de internet. |
1.4.1 |
1.5.2 | Redacción similar acerca la información que será publicada sobre los permisos previos de la SE. | 1.4.2 |
En resumen, es importante que los usuarios de comercio exterior realicen algunos planteamientos constructivos en el portal de CONAMER con la finalidad de solicitar mayor facilitación en la gestión de trámites que se presentan ante la Secretaría de Economía, así como de que se subsanen las inconsistencias en la redacción.
Fuente:
https://cofemersimir.gob.mx/portales/resumen/52574, noviembre 2021
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