ADMINISTRACIONES LOCALES DE AUDITORÍA FISCAL. NO SE REQUIERE QUE SU TITULAR SE ENCUENTRE DESIGNADO POR SU SUPERIOR JERÁRQUICO PARA INTERVENIR EN LA VISITA DOMICILIARIA COMO VISITADOR
Época: Séptima Época
Periodo: Abril 2016
Publicación: 29 de abril 2016
Fuente: Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Jurisprudencia: VII-P-1aS-1327
Materia: Código Fiscal De La Federación
ADMINISTRACIONES LOCALES DE AUDITORÍA FISCAL. NO SE REQUIERE QUE SU TITULAR SE ENCUENTRE DESIGNADO POR SU SUPERIOR JERÁRQUICO PARA INTERVENIR EN LA VISITA DOMICILIARIA COMO VISITADOR.-
Conforme al numeral 43, fracción II, del Código Fiscal de la Federación la orden de visita deberá contener, entre otros requisitos, el nombre de la persona o personas que deban efectuar la visita, las cuales podrán ser sustituidas, aumentadas o reducidas en su número, en cualquier tiempo por la autoridad competente. La sustitución o aumento de las personas que deban efectuar la visita se notificará al visitado.
Ahora bien, de la interpretación armónica de los artículos 19, primer párrafo, Apartado A, fracción I y último párrafo, en relación con el artículo 17, primer párrafo, fracción III, segundo, penúltimo numeral 9, y último del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007 y reformado mediante Decreto publicado en el mismo medio de difusión el 29 de abril de 2010, se desprende que los Administradores Locales de Auditoría Fiscal dependerán de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, y que estos tendrán la facultad de ordenar y practicar visitas domiciliarias. En ese sentido, es válido que la autoridad emisora de la orden cuente, tanto con la facultad de ordenar, como de practicar la visita domiciliaria, pues los preceptos reglamentarios lo autorizan para ambos efectos, sin que sea óbice a lo anterior, el hecho de que el mismo se autorice superior jerárquico, primero, porque no existe precepto legal que obligue a ello.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 13/9389-01-01-01- 01-OT/AC1/2054/15-S1-0504.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 23 de febrero de 2016, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. Hortensia García Salgado. (Tesis aprobada en sesión de 31 de marzo de 2016)
Search
Nuestros servicios
- División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
- División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
- División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
- División de Blindaje Legal
- División de Consultoría
- División de Lobbying
- Gestoría de Permisos Especiales
- Arquitectura Aduanera
- Revista TLC
- Libros TLC