
Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación
El 30 de junio de 2023 se publico en publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “ACUERDO por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación”.
Considerando que el 7 de junio de 2022 se publicó en el DOF el Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE), la cual establece en su artículo 1o. las cuotas que, atendiendo a la clasificación de la mercancía, sirven para determinar los impuestos generales de importación y de exportación, conforme a la Tarifa aplicable a la importación y exportación de mercancías en territorio nacional, y que fue modificada mediante diversos decretos, publicados el 18 de noviembre de 2022 y 16 de enero de 2023.
En la Regla Complementaria 10ª del Artículo 2o, fracción II, de la LIGIE, se establece que la clasificación de las mercancías estará integrada por las fracciones arancelarias y el número de identificación comercial (NICO), el cual estará compuesto por 2 dígitos, mismos que se colocan en la posición posterior de la fracción arancelaria que corresponda que se declare, y que estarán ordenados de manera progresiva iniciando del 00 al 99.
Tomando en cuenta lo anterior, el decreto se compone por 3 artículos y un único transitorio.
- Artículo Primero. Se crean los números de identificación comercial del Artículo Primero del Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación, publicado el 22 de agosto de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, en el orden que les corresponde:
Fracción Arancelaria | NICO | Descripción NICO |
2308.00.02 | 1 | Hojas de maíz. |
2308.00.02 | 99 | Los demás. |
3926.90.99 | 13 | Copas menstruales. |
4014.90.99 | 1 | Copas menstruales. |
4014.90.99 | 99 | Los demás. |
6112.41.01 | 1 | Para mujeres. |
6112.41.01 | 99 | Los demás. |
6115.95.01 | 1 | Con contenido de encaje o red. |
6115.95.01 | 99 | Los demás. |
6115.96.01 | 1 | Con contenido de encaje o red. |
6115.96.01 | 99 | Los demás. |
6210.10.01 | 1 | Prendas desechables no tejidas diseñadas para uso en hospitales, clínicas, laboratorios o áreas contaminadas. |
6210.10.01 | 99 | Los demás. |
7219.13.01 | 1 | De la serie 200. |
7219.13.01 | 2 | De la serie 300. |
7219.13.01 | 3 | De la serie 400. |
7219.13.01 | 99 | Los demás. |
7219.14.01 | 1 | De la serie 200. |
7219.14.01 | 2 | De la serie 300. |
7219.14.01 | 3 | De la serie 400. |
7219.14.01 | 99 | Los demás. |
7219.22.01 | 1 | De la serie 200. |
7219.22.01 | 2 | De la serie 300. |
7219.22.01 | 3 | De la serie 400. |
7219.22.01 | 99 | Los demás. |
7219.32.02 | 2 | De la serie 200, con espesor que no exceda de 4 mm. |
7219.32.02 | 3 | De la serie 300, con espesor que no exceda de 4 mm. |
7219.32.02 | 4 | De la serie 400, con espesor que no exceda de 4 mm. |
7219.32.02 | 91 | Las demás de la serie 200. |
7219.32.02 | 92 | Las demás de la serie 300. |
7219.32.02 | 93 | Las demás de la serie 400. |
7219.33.01 | 1 | De la serie 200. |
7219.33.01 | 2 | De la serie 300. |
7219.33.01 | 3 | De la serie 400. |
7219.33.01 | 99 | Los demás. |
7219.34.01 | 1 | De la serie 200. |
7219.34.01 | 2 | De la serie 300. |
7219.34.01 | 3 | De la serie 400. |
7219.34.01 | 99 | Los demás. |
7220.20.03 | 3 | De la serie 200, con espesor igual o superior a 0.3 mm, sin exceder de 4.0 mm, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 7220.20.03.01. |
7220.20.03 | 4 | De la serie 300, con espesor igual o superior a 0.3 mm, sin exceder de 4.0 mm, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 7220.20.03.01. |
7220.20.03 | 5 | De la serie 400, con espesor igual o superior a 0.3 mm, sin exceder de 4.0 mm, excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 7220.20.03.01. |
8414.51.01 | 1 | Ventiladores de techo. |
8414.51.01 | 99 | Los demás. |
8414.51.99 | 1 | Ventiladores de techo. |
8414.51.99 | 99 | Los demás. |
8414.59.01 | 1 | Ventiladores de techo. |
8414.59.01 | 99 | Los demás. |
8414.59.99 | 1 | Ventiladores de techo. |
8414.59.99 | 99 | Los demás. |
9619.00.04 | 1 | Toallas sanitarias (compresas higiénicas). |
9619.00.04 | 2 | Tampones higiénicos. |
9619.00.04 | 99 | Los demás. |
- Artículo Segundo. Se suprimen los números de identificación comercial del Artículo Primero del Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación, publicado el 22 de agosto de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, que a continuación se indican:
Fracción Arancelaria | NICO | Descripción NICO |
2308.00.02 | 0 | SUPRIMIDO |
4014.90.99 | 0 | SUPRIMIDO |
6112.41.01 | 0 | SUPRIMIDO |
6115.95.01 | 0 | SUPRIMIDO |
6115.96.01 | 0 | SUPRIMIDO |
6210.10.01 | 0 | SUPRIMIDO |
7219.13.01 | 0 | SUPRIMIDO |
7219.14.01 | 0 | SUPRIMIDO |
7219.22.01 | 0 | SUPRIMIDO |
7219.32.02 | 1 | SUPRIMIDO |
7219.33.01 | 0 | SUPRIMIDO |
7219.34.01 | 0 | SUPRIMIDO |
7220.20.03 | 2 | SUPRIMIDO |
8414.51.01 | 0 | SUPRIMIDO |
8414.51.99 | 0 | SUPRIMIDO |
8414.59.01 | 0 | SUPRIMIDO |
8414.59.99 | 0 | SUPRIMIDO |
9619.00.04 | 0 | SUPRIMIDO |
- Artículo Tercero. Se reforma la Anotación 1 del Capítulo 72 y se adicionan la Anotación 1 al Capítulo 61 y la Anotación 1 al Capítulo 62, de los números de identificación comercial del Artículo Primero del Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación, publicado el 22 de agosto de 2022 en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo siguiente:
1 – Capítulo 61: Anotaciones de los Números de Identificación Comercial.
2 – Capítulo 62: Anotaciones de los Números de Identificación Comercial.
3 – Capítulo 72: Anotaciones de los Números de Identificación Comercial.
Artículo transitorio.
- ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de julio de 2023.
Fuente: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5693979&fecha=30/06/2023
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