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ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALA EL NOMBRE, SEDE Y CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. ES EL ORDENAMIENTO QUE PREVÉ LA COMPETENCIA TERRITORIAL DE DICHAS UNIDADES, Y NO ASÍ EL ARTÍCULO 37, APARTADO A DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

TLC ASOCIADOS 10:27 am Tesis y Jurisprudencias Septiembre 2017

REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

VIII-P-2aS-147

ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALA EL NOMBRE, SEDE Y CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. ES EL ORDENAMIENTO QUE PREVÉ LA COMPETENCIA TERRITORIAL DE DICHAS UNIDADES, Y NO ASÍ EL ARTÍCULO 37, APARTADO A DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.- Si bien el artículo 37, Apartado A del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, establece el nombre y sede de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria, del con- tenido de dicho precepto no se advierte que de forma alguna establezca la competencia territorial de las referidas unidades administrativas regionales de dicho órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, habida cuenta que la circunscripción territorial de tales unidades se encuentra prevista en lo que al efecto establece el Acuerdo por el que se señala el nombre, sede y circunscripción territorial de dichas unidades, referido por el propio artículo 37 del Reglamento. Consecuentemente, para considerar que se encuentra debidamente fundada la competencia territorial de una unidad administrativa regional del Servicio de Administración Tributaria, deberá necesariamente citarse la porción normativa correspondiente del Acuerdo por el que se establece la circunscripción territorial de las Unidades

 Administrativas Regionales del Servicio de Administración Tributaria, correspondiente.

PRECEDENTE:

VII-P-2aS-759

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3342/12-17-07-4/1112/14-S2-08-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 11 de noviembre de 2014, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Víctor Martín Orduña Muñoz. Secretaria: Lic. Claudia Lucía Cervera Valeé.

(Tesis aprobada en sesión de 25 de noviembre de 2014)

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 44. Marzo 2015. p. 776

ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALA EL NOMBRE, SEDE Y CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. ES EL ORDENAMIENTO QUE PREVÉ LA COMPETENCIA TERRITORIAL DE DICHAS UNIDADES, Y NO ASÍ EL ARTÍCULO 37, APARTADO A DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.

TLC ASOCIADOS 10:27 am Tesis y Jurisprudencias Septiembre 2017

REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

VIII-P-2aS-147

ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALA EL NOMBRE, SEDE Y CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. ES EL ORDENAMIENTO QUE PREVÉ LA COMPETENCIA TERRITORIAL DE DICHAS UNIDADES, Y NO ASÍ EL ARTÍCULO 37, APARTADO A DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.- Si bien el artículo 37, Apartado A del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, establece el nombre y sede de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria, del con- tenido de dicho precepto no se advierte que de forma alguna establezca la competencia territorial de las referidas unidades administrativas regionales de dicho órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, habida cuenta que la circunscripción territorial de tales unidades se encuentra prevista en lo que al efecto establece el Acuerdo por el que se señala el nombre, sede y circunscripción territorial de dichas unidades, referido por el propio artículo 37 del Reglamento. Consecuentemente, para considerar que se encuentra debidamente fundada la competencia territorial de una unidad administrativa regional del Servicio de Administración Tributaria, deberá necesariamente citarse la porción normativa correspondiente del Acuerdo por el que se establece la circunscripción territorial de las Unidades

 Administrativas Regionales del Servicio de Administración Tributaria, correspondiente.

PRECEDENTE:

VII-P-2aS-759

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3342/12-17-07-4/1112/14-S2-08-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 11 de noviembre de 2014, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Víctor Martín Orduña Muñoz. Secretaria: Lic. Claudia Lucía Cervera Valeé.

(Tesis aprobada en sesión de 25 de noviembre de 2014)

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 44. Marzo 2015. p. 776

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