
Actualizan las preferencias arancelarias de los tratados internacionales en materia comercial 2021.
El 28 de diciembre de 2020 entrará en vigor la nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, publicada en el DOF el 1 de julio de 2020, en donde quedo incorporada la Sexta Enmienda del Sistema Armonizado y la adición el código estadístico denominado “Número de Identificación Comercial”, por tal motivo, es necesario actualizar las disposiciones que regulan los aranceles y las preferencias arancelarias de los diversos acuerdos comerciales.
En este sentido, se publicaron por el medio de difusión oficial las disposiciones actualizadas que otorgan las preferencias arancelarias de los Tratados Internacionales en Materia Comercial celebrados por nuestro país, mismos que se indican a continuación:
I. Tratados de Libre Comercio:
II. Asociación Latinoamericana de Integración:
Por cuanto a las modificaciones se realizan algunos comentarios generales:
- Los citados Acuerdos contienen modificaciones similares en cuanto a la incorporación de las nuevas fracciones arancelarias de la LIGIE.
- Las publicaciones tendrán vigencia el 28 de diciembre de 2020.
- Asimismo, la SE informó a través del oficio No. 414.2020.3324 que podrán continuar utilizando el Registro de Productos Elegibles en los términos en que fue emitido, hasta el fin de su vigencia, por lo que, no es necesario solicitar la reexpedición del documento conforme a la nueva fracción arancelaria.Adicionalmente, señalo que, si los certificados son ALADI, no habrá cambios en la NALADISA declarada, por lo que NO requieres realizar ningún trámite
- Para concluir, es sumamente relevante que los importadores y exportadores analicen el texto de los nuevos acuerdos para identificar las mercancías con las nuevas fracciones arancelarias que vayan a ser declaradas en los certificados o certificaciones de origen para gozar de preferencias arancelarias de los tratados de libre comercio.
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