
Actualización de la zona geográfica donde las autoridades aduaneras pueden ejecutar sus actividades
Recientemente, la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) publicó un nuevo acuerdo con la intención de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, relativas a la entrada y salida de mercancías del territorio nacional. En este sentido, resulta adecuado precisar la circunscripción territorial de las aduanas, así como integrar las secciones aduaneras que dependerán de cada una de ellas.
De esta forma, los actos que válidamente realiza la autoridad aduanera con motivo de la revisión en la entrada y salida de mercancías del territorio nacional, las maniobras de carga, descarga, transbordo y almacenamiento de estas, el embarque o desembarque de pasajeros, y la revisión de su equipaje, se efectuarán en lugares autorizados, estableciendo de manera precisa el territorio en el cual tendrán competencia las aduanas. Por lo tanto, se expide el siguiente:
“ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINA LA CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS ADUANAS Y LAS SECCIONES ADUANERAS DE LAS ADUANAS”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 15 de mayo de 2025
Este acuerdo entrará en vigor una vez el Servicio de Administración Tributaria emita las disposiciones generales para ser operativo estos cambios.
En los procedimientos que afectan las mercancías de importación y exportación, es crucial que se revise exhaustivamente que la información utilizada en estos procedimientos esté actualizada y sea precisa. Esto incluye que la autoridad haga referencia de manera expresa y puntual a los cambios normativos como el acuerdo comentado, así como los que están pendientes de emitirse por parte de las autoridades aduaneras.
Por lo tanto, es importante, sobre todo en aquellos actos que puedan generar un procedimiento para el contribuyente que implique embargos de mercancías o pago de multas que se revise y se verifique la información y la normativa que la autoridad refiere en esos actos, pues si la autoridad comete alguna omisión o no refiere de manera puntual los instrumentos vigentes, es una situación que puede generar una herramienta para la eventual de defensa del contribuyente importador o exportador.
Datos a considerar del citado acuerdo.
1) Las subdirecciones de las aduanas o sus equivalentes y las secciones aduanerasejercerán sus facultades dentro de la circunscripción territorial que corresponda a la Aduana de la cual
2) Dependen de las aduanas, las secciones aduaneras, aeropuertos internacionales, cruces fronterizos autorizados, puertos y terminales ferroviarias y de autobuses que cuenten con servicios aduanales, garitas y demás puntos de revisión que se encuentren en los municipios que conforman su circunscripción territorial.
3) La circunscripción territorial de las aduanas marítimas del país también comprenderá las playas marítimas, la Zona Federal Marítima Terrestre, así como las aguas interiores, mar territorial y zona económica exclusiva situada frente al litoral, incluyendo las islas adyacentes al mismo.
4) Tratándose de caso fortuito o de fuerza mayor, cuando no sea posible prestar los servicios de despacho aduanero o ejercer cualquiera de las facultades atribuidas a las aduanas dentro de su circunscripción, podrán ejercerlas en la circunscripción de otra Aduana.
5) El presente Acuerdo iniciará su vigencia una vez que entren en vigor las disposiciones de carácter general emitidas por el Servicio de Administración Tributaria necesarias para la operación del presente Acuerdo.
6) Se abroga el Acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de las aduanas y las secciones aduaneras de las aduanas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de marzo de 2022 y su modificación publicada en el mismo medio de difusión oficial el 17 de marzo de 2022.
7) Precisando que en su totalidad son 50 Adunas con sus respectivas secciones aduaneras.
8) Las Aduanas ejercerán sus atribuciones dentro de la circunscripción territorial que les corresponda conforme a las fracciones determinadas en el acuerdo en cita, y contarán con las secciones aduaneras que para cada una de ellas se establece en dicho acuerdo.
¿Dónde puedo conocer el desglose de la circunscripción territorial de las aduanas y las secciones aduaneras de las aduanas?
Ingresa al siguiente enlace y podrás conocer a detalle dichas circunscripciones territoriales de las aduanas y sus secciones aduaneras.
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