254 – Nueva vigencia para Empresa Certificada: Operador Económico Autorizado / New validity for Certified Company: Authorized Economic Operator
El pasado 20 de abril, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Primera Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2018, las cuales entraron en vigor al día siguiente a su publicación.
Entre los puntos más importantes que se modificaron, se encuentra la regla 7.1.6, que menciona la vigencia de la certificación en la modalidad Operador Económico Autorizado (OEA).
Anteriormente se otorgaba el Registro o la renovación de empresa Certificada en la modalidad Operador Económico Autorizado con una vigencia de un año, y en la modalidad Socio Comercial Certificado con vigencia de dos años. Sin embargo, de acuerdo con la nueva resolución, la nueva vigencia será de dos años para ambas modalidades.
Las empresas que fueron renovadas o certificadas antes de la entrada en vigor de la Resolución de las RGCE del 20 de abril, obtuvieron su registro o su renovación con vigencia de un año, por lo que la vigencia de dos años se obtendrá una vez que se solicite la siguiente renovación.
Es importante mencionar que, si bien la vigencia de la certificación OEA se extiende a dos años, el pago de derechos correspondiente deberá seguir efectuándose de manera anual para seguir gozando de los beneficios.
Esta nueva vigencia para la certificación OEA, contribuirá a que los procesos relacionados con la certificación comiencen a ver cierta agilización al reducir la cantidad de trámites ingresados ante la autoridad cada año.
Finalmente recordemos que al obtener el Registro de empresa certificada en la modalidad Operador Económico Autorizado, se adquiere la obligación de estar siempre en cumplimiento de las reglas y lo declarado en el Perfil de Seguridad.
Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.
Atentamente
División de Consultoría en Comercio Internacional y Aduanas
TLC Asociados, S.C.
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
On April 20, the First Resolution of amendments to the General Rules of Foreign Trade (GRFT) for 2018 was published in the Official Federal Gazette, which came into force the day after its publication.
Among the most important points that were modified, is rule 7.1.6, which mentions the validity of the certification in the Authorized Economic Operator (AEO) modality.
Previously, the Registry or the renewal of a certified company in the Authorized Economic Operator modality was granted for a period of one year, and in the Certified Commercial Partner modality valid for two years. However, according to the new resolution, the new term will be two years for both modalities.
The companies that were renewed or certified before the entry into force of the Resolution of the GRFT of April 20, obtained their registration or renewal valid for one year, so the validity of two years will be obtained once the next renewal is requested.
It is important to mention that, although the validity of the AEO certification extends to two years, the corresponding payment of fees must continue to be made annually to continue enjoying the benefits.
This new validity for the AEO certification, will help the processes related to certification begin to see some agility by reducing the number of procedures entered before the authority each year.
Finally, remember that when obtaining the Certified Company Registration in the Authorized Economic Operator modality, the obligation to always be in compliance with the rules and declared in the Security Profile is acquired.
Without anything else at this moment, do not hesitate to contact us.
Sincerely,
Foreign Trade and Customs Consultancy Division of
TLC Asociados, S.C.
Partial or total reproduction is prohibited. All rights reserved to TLC Asociados, S.C. The content of this article is not a private consultation, therefore, TLC Asociados, S.C., and its team and author, are not responsible for any interpretation or use that the reader or recipient could give to it.
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254 – Nueva vigencia para Empresa Certificada: Operador Económico Autorizado / New validity for Certified Company: Authorized Economic Operator
El pasado 20 de abril, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Primera Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2018, las cuales entraron en vigor al día siguiente a su publicación.
Entre los puntos más importantes que se modificaron, se encuentra la regla 7.1.6, que menciona la vigencia de la certificación en la modalidad Operador Económico Autorizado (OEA).
Anteriormente se otorgaba el Registro o la renovación de empresa Certificada en la modalidad Operador Económico Autorizado con una vigencia de un año, y en la modalidad Socio Comercial Certificado con vigencia de dos años. Sin embargo, de acuerdo con la nueva resolución, la nueva vigencia será de dos años para ambas modalidades.
Las empresas que fueron renovadas o certificadas antes de la entrada en vigor de la Resolución de las RGCE del 20 de abril, obtuvieron su registro o su renovación con vigencia de un año, por lo que la vigencia de dos años se obtendrá una vez que se solicite la siguiente renovación.
Es importante mencionar que, si bien la vigencia de la certificación OEA se extiende a dos años, el pago de derechos correspondiente deberá seguir efectuándose de manera anual para seguir gozando de los beneficios.
Esta nueva vigencia para la certificación OEA, contribuirá a que los procesos relacionados con la certificación comiencen a ver cierta agilización al reducir la cantidad de trámites ingresados ante la autoridad cada año.
Finalmente recordemos que al obtener el Registro de empresa certificada en la modalidad Operador Económico Autorizado, se adquiere la obligación de estar siempre en cumplimiento de las reglas y lo declarado en el Perfil de Seguridad.
Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.
Atentamente
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On April 20, the First Resolution of amendments to the General Rules of Foreign Trade (GRFT) for 2018 was published in the Official Federal Gazette, which came into force the day after its publication.
Among the most important points that were modified, is rule 7.1.6, which mentions the validity of the certification in the Authorized Economic Operator (AEO) modality.
Previously, the Registry or the renewal of a certified company in the Authorized Economic Operator modality was granted for a period of one year, and in the Certified Commercial Partner modality valid for two years. However, according to the new resolution, the new term will be two years for both modalities.
The companies that were renewed or certified before the entry into force of the Resolution of the GRFT of April 20, obtained their registration or renewal valid for one year, so the validity of two years will be obtained once the next renewal is requested.
It is important to mention that, although the validity of the AEO certification extends to two years, the corresponding payment of fees must continue to be made annually to continue enjoying the benefits.
This new validity for the AEO certification, will help the processes related to certification begin to see some agility by reducing the number of procedures entered before the authority each year.
Finally, remember that when obtaining the Certified Company Registration in the Authorized Economic Operator modality, the obligation to always be in compliance with the rules and declared in the Security Profile is acquired.
Without anything else at this moment, do not hesitate to contact us.
Sincerely,
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