219 – Obligaciones en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas, modalidad Operador Económico Autorizado / Obligations in the Company Certification Scheme Registry, Authorized Economic Operator modality
Las empresas que cuentan con el Registro del Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad Operador Económico Autorizado (OEA), además de estar en constante cumplimiento de sus procedimientos de seguridad, deben apegarse a ciertas obligaciones contraídas al momento de su certificación.
Una de estas obligaciones, es dar aviso a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) cuando se realice la apertura de nuevas instalaciones o la baja de las instalaciones reportadas, de acuerdo con el Capítulo 7.2.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para el 2018.
Este aviso deberá presentarse físicamente en Ciudad de México, mediante el formato “Avisos a que se refiere la regla 7.2.1., relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, dentro de los primeros 5 días siguientes a que se efectúe la baja o apertura de instalaciones, para cada instalación que corresponda, debidamente requisitado.
Asimismo, cada nueva instalación en la que se lleven a cabo Operaciones de Comercio Exterior, deberá estar en cumplimiento de los estándares mínimos de seguridad, por lo que se deberá presentar el formato denominado “Perfil de la empresa”, debidamente requisitado y en medio magnético, dentro de los 3 meses siguientes a la fecha del acuse de recepción del Aviso.
Además, se deberá dar aviso a la AGACE cuando las circunstancias por las cuales se les otorgó el registro hayan variado y derivado de éstas se requieran cambios o modificaciones en la información antes proporcionada a la autoridad. Este aviso se deberá presentar a través de Ventanilla Digital, mediante el “Aviso a que se refiere la regla 7.2.11, relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, así como el formato denominado “Perfil de la empresa” debidamente llenado y en medio magnético, por cada instalación que corresponda.
Entre otras obligaciones de las empresas certificadas como Operador Económico Autorizado, se encuentra presentar el Aviso de Actualización de Perfil, al menos una vez al año a fin de acreditar que se continúa cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad.
Por último, es muy importante que las empresas que cuentan con su certificación conozcan las obligaciones que contraen al momento de certificarse, con la finalidad de encontrarse en todo momento en cumplimiento, presentando los avisos correspondientes ante la autoridad en tiempo y forma, logrando así mantener la certificación y todos los beneficios que ésta otorga.
Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.
Atentamente
División de Consultoría en Comercio Internacional y Aduanas
TLC Asociados, S.C.
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
219 – Obligaciones en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas, modalidad Operador Económico Autorizado / Obligations in the Company Certification Scheme Registry, Authorized Economic Operator modality
Las empresas que cuentan con el Registro del Esquema de Certificación de Empresas, en la modalidad Operador Económico Autorizado (OEA), además de estar en constante cumplimiento de sus procedimientos de seguridad, deben apegarse a ciertas obligaciones contraídas al momento de su certificación.
Una de estas obligaciones, es dar aviso a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) cuando se realice la apertura de nuevas instalaciones o la baja de las instalaciones reportadas, de acuerdo con el Capítulo 7.2.1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para el 2018.
Este aviso deberá presentarse físicamente en Ciudad de México, mediante el formato “Avisos a que se refiere la regla 7.2.1., relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, dentro de los primeros 5 días siguientes a que se efectúe la baja o apertura de instalaciones, para cada instalación que corresponda, debidamente requisitado.
Asimismo, cada nueva instalación en la que se lleven a cabo Operaciones de Comercio Exterior, deberá estar en cumplimiento de los estándares mínimos de seguridad, por lo que se deberá presentar el formato denominado “Perfil de la empresa”, debidamente requisitado y en medio magnético, dentro de los 3 meses siguientes a la fecha del acuse de recepción del Aviso.
Además, se deberá dar aviso a la AGACE cuando las circunstancias por las cuales se les otorgó el registro hayan variado y derivado de éstas se requieran cambios o modificaciones en la información antes proporcionada a la autoridad. Este aviso se deberá presentar a través de Ventanilla Digital, mediante el “Aviso a que se refiere la regla 7.2.11, relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, así como el formato denominado “Perfil de la empresa” debidamente llenado y en medio magnético, por cada instalación que corresponda.
Entre otras obligaciones de las empresas certificadas como Operador Económico Autorizado, se encuentra presentar el Aviso de Actualización de Perfil, al menos una vez al año a fin de acreditar que se continúa cumpliendo con los estándares mínimos en materia de seguridad.
Por último, es muy importante que las empresas que cuentan con su certificación conozcan las obligaciones que contraen al momento de certificarse, con la finalidad de encontrarse en todo momento en cumplimiento, presentando los avisos correspondientes ante la autoridad en tiempo y forma, logrando así mantener la certificación y todos los beneficios que ésta otorga.
Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.
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