
2021: Año Internacional contra el trabajo infantil/ 2021: International Year against Child Labor
El Año Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil fue adoptado por unanimidad en una resolución de la Asamblea General de la ONU en 2019 con el objetivo de exhortar a los gobiernos a hacer lo necesario para alcanzar la Meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
La Meta 8.7 del Objetivo 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico establece que los Estados miembros deben adoptar medidas inmediatas y efectivas para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a la esclavitud moderna y la trata de personas y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluido el reclutamiento y uso de niños soldados y para 2025 poner fin al trabajo infantil en todas sus formas.
El trabajo infantil ha disminuido en un 38 % en la última década, pero 152 millones de niños siguen afectados. En los últimos 20 años, casi 100 millones de niños han sido retirados del trabajo infantil. Expertos en la materia consideran que la pandemia de COVID-19 ha empeorado considerablemente la situación.
Casi la mitad del trabajo infantil ocurre en África (72 millones de niños), después en Asia y el Pacífico (62 millones). El 70 % de los niños que trabajan lo hacen en la agricultura y en la ganadería. Casi la mitad de todos estos niños trabajan en ocupaciones o situaciones consideradas peligrosas para su salud y su vida.
La OIT considera que la crisis de COVID-19 ha traído pobreza adicional a estas poblaciones ya vulnerables y puede revertir años de progreso en la lucha contra el trabajo infantil. Los cierres de escuelas han agravado la situación y muchos millones de niños están trabajando para contribuir a los ingresos familiares. La pandemia ha hecho que mujeres, hombres y niños sean más vulnerables a la explotación.
A lo largo de sus 100 años de historia, la OIT ha estado trabajando por la abolición del trabajo infantil. Uno de los primeros convenios que adoptaron sus miembros fue sobre la edad mínima en la industria.
El tratado comercial entre Canadá, Estados Unidos y México (T-MEC) que entró en vigor el 1 de julio incorpora un artículo para la erradicación del trabajo forzoso u obligatorio, tanto infantil como adulto, de tal forma que, si uno de estos países detecta alguna mercancía procedente de esas prácticas, debe establecer sanciones que incluso pueden impedir su importación.
Algunas organizaciones como Save the children y Red por los derechos de la infancia en México (REDIM) han expresado su preocupación: si se persigue el trabajo infantil sin implementar medidas de protección para los niños, niñas y adolescentes, así como una salida a la pobreza de sus familias, estos buscarán otras vías para seguir trabajando y serán más peligrosas y esclavas. Huecos que serán ocupados por el crimen organizado.
Señalan que el gobierno parece no haberse dado cuenta de que, además del T-MEC, hay un marco jurídico nacional e internacional que obliga al Estado a prevenir, atender y erradicar el trabajo infantil. El Presupuesto de Egresos 2021 únicamente destina 4 millones de pesos a los programas que atienden a los más de 3 millones de niñas, niños y adolescentes que realizan trabajo infantil; esto es 1 peso con 25 centavos por cada uno.
Una señal contraria al querer cumplir con lo establecido en el T-MEC es que con la austeridad de la administración actual el número de inspectores laborales a nivel federal fue recortado pasando de 758 a 421, una reducción de 55%. Los cuales son muy importantes para la lucha contra el trabajo infantil.
En México, el empleo antes de los 15 años está prohibido, sin embargo, de acuerdo con datos disponibles del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en 2019 había 3 millones de niños trabajando de los cuales 1.7 millones realizan operaciones no permitidas para su edad.
De los niños, niñas y adolescentes ocupados, 45 % reciben hasta un salario mínimo seguidos por aquellos que no reciben un ingreso (27 %) y 19 % perciben ingresos entre uno y dos salarios mínimos. Trabajan principalmente en actividades agrícolas, ganaderas, forestales, caza y pesca, en la minería, la construcción y como comerciantes.
Nayarit es quien presenta la tasa más alta de trabajo infantil de México, con un 19.7 % de la población de esas edades. En situación parecida están Zacatecas, Campeche, Tabasco, Colima, Guanajuato, Guerrero, Oaxaca y Puebla. En la parte baja de la tabla figuran Querétaro (5.3%), Ciudad de México, Baja California, Aguascalientes y Nuevo León.
Cada dos años, el Departamento del Trabajo de Estados Unidos publica una lista de bienes con reportes de ser producidos con trabajo forzoso o infantil. La última, vigente desde 2018, señala que tanto en tomates como en chiles producidos en México hay reportes de trabajo infantil y trabajo forzoso. Por ello, las empresas mexicanas que participan de las exportaciones a Estados Unidos, principalmente en el sector agropecuario, se encuentran elaborando protocolos de prevención.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos en México, mediante un comunicado de prensa exhorta al Estado Mexicano, sociedad civil y empresarial a que cumplan con las obligaciones adquiridas en el T-MEC y establezcan medidas de prohibición para la importación de mercancías de fuentes producidas en su totalidad o en parte por trabajos forzoso u obligatorios, incluyendo el trabajo infantil forzoso u obligatorio. Hace énfasis en los artículos 23.1, 23.2, 23.3, 23.6 y 23.12 del tratado que establecen la afirmación de los Estados firmantes de cumplir con las obligaciones adquiridas como miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre las que se destacan la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil.
El Centro de Estudios Internacionales Gilberto Bosques del Senado de la República, en su publicación “La implementación del T-MEC: una prueba para América del Norte”, señala que el T-MEC requiere que las partes mantengan, tanto en el derecho como en la práctica, los principios fundamentales de la OIT, apliquen efectivamente sus leyes laborales, renuncien a aplicar o derogar de otra forma dichas leyes “a través de un curso de acción o inacción sostenido o recurrente en una manera que afecte el comercio o la inversión”. Quedando el capítulo laboral sujeto al mecanismo de solución de controversias del tratado.
Considera que el T-MEC prohíbe de forma clara la importación de mercancías producidas por medio de trabajo infantil forzado u obligatorio; y determina que ninguna parte debe fallar en abordar casos de violencia o amenazas de violencia contra trabajadores “en un curso de acción sostenido o recurrente en una manera que afecte el comercio entre las Partes”.
En sus consideraciones finales señala que, el sector laboral es el área con más cambios sustanciales en el T-MEC, especialmente para México. Tiene un largo camino que andar en la implementación de sus obligaciones laborales acorde con las prescripciones del T-MEC. La puesta en operación del tratado en el ámbito laboral será esencial y las autoridades deben prestar especial atención en esta área.
La coordinación cercana entre el sector público y privado para el cumplimiento de las obligaciones laborales será fundamental para prevenir afectaciones en la industria.
Fuente:
https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_766351/lang–en/index.htm
https://www.endchildlabour2021.org/what-is-child-labour/
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The International Year for the Elimination of Child Labor was unanimously adopted in a UN General Assembly resolution in 2019 with the aim of urging governments to do what is necessary to achieve Target 8.7 of the Sustainable Development Goals (SDGs).
Target 8.7 of Goal 8: Decent Work and Economic Growth states that member states should take immediate and effective measures to eradicate forced labor, end modern slavery and human trafficking and ensure the prohibition and elimination of the worst forms of child labor, including the recruitment and use of child soldiers and by 2025 end child labor in all its forms.
Child labor has declined by 38% in the last decade, but 152 million children are still affected. In the last 20 years, almost 100 million children have been withdrawn from child labor. Experts in the field believe that the COVID-19 pandemic has considerably worsened the situation.
Nearly half of all child labor occurs in Africa (72 million children), then in Asia and the Pacific (62 million). Seventy percent of child laborers work in agriculture and animal husbandry. Almost half of all these children work in occupations or situations considered hazardous to their health and lives.
The ILO believes that the COVID-19 crisis has brought additional poverty to these already vulnerable populations and may reverse years of progress in the fight against child labor. School closures have exacerbated the situation and many millions of children are working to contribute to family income. The pandemic has made women, men and children more vulnerable to exploitation.
Throughout its 100-year history, the ILO has been working for the abolition of child labor. One of the first conventions adopted by its members was on minimum age in industry.
The trade agreement between Canada, the United States and Mexico (USMCA), which entered into force on July 1, incorporates an article for the eradication of forced or compulsory labor, both child and adult, so that if one of these countries detects any merchandise originating from these practices, it must establish sanctions that can even prevent its importation.
Some organizations such as Save the Children and Red por los derechos de la infancia en México (REDIM) have expressed their concern: if child labor is pursued without implementing protection measures for children and adolescents, as well as a way out of the poverty of their families, they will look for other ways to continue working and will become more dangerous and slaves. Gaps that will be filled by organized crime.
They point out that the government seems not to have realized that, in addition to the USMCA, there is a national and international legal framework that obliges the State to prevent, address and eradicate child labor. The 2021 Expenditure Budget only allocates 4 million pesos to programs that attend to the more than 3 million children and adolescents who work as child laborers; that is 1 peso and 25 cents for each one.
A contrary sign to the desire to comply with the provisions of the USMCA is that with the austerity of the current administration, the number of labor inspectors at the federal level was cut from 758 to 421, a reduction of 55%. These inspectors are very important in the fight against child labor.
In Mexico, employment before the age of 15 is prohibited, however, according to data available from the National Institute of Statistics and Geography (INEGI) in 2019 there were 3 million children working of which 1.7 million perform operations not allowed for their age.
Of the children and adolescents in employment, 45 % receive up to one minimum wage followed by those who do not receive an income (27 %) and 19 % receive incomes between one and two minimum wages. They work mainly in agriculture, livestock, forestry, hunting and fishing, mining, construction and as traders.
Nayarit has the highest rate of child labor in Mexico, with 19.7% of the population in this age group. Zacatecas, Campeche, Tabasco, Colima, Guanajuato, Guerrero, Oaxaca and Puebla are in a similar situation. At the bottom of the table are Querétaro (5.3%), Mexico City, Baja California, Aguascalientes and Nuevo León.
Every two years, the U.S. Department of Labor publishes a list of goods with reports of being produced with forced or child labor. The latest, in effect since 2018, states that both tomatoes and chili peppers produced in Mexico have reports of child labor and forced labor. Therefore, Mexican companies involved in exports to the United States, mainly in the agricultural sector, are developing prevention protocols.
The National Human Rights Commission in Mexico, through a press release urges the Mexican State, civil society and business to comply with the obligations acquired in the USMCA and establish measures to prohibit the importation of goods from sources produced in whole or in part by forced or compulsory labor, including forced or compulsory child labor. It emphasizes articles 23.1, 23.2, 23.3, 23.6 and 23.12 of the treaty that establish the affirmation of the signatory States to comply with the obligations acquired as members of the International Labor Organization (ILO), among which the elimination of all forms of forced or compulsory labor, including child labor, stands out.
The Gilberto Bosques Center for International Studies of the Mexican Senate, in its publication “The Implementation of the USMCA: A Test for North America”, states that the USMCA requires the parties to maintain, both in law and in practice, the fundamental principles of the ILO, effectively enforce their labor laws, renounce to apply or otherwise derogate such laws “through a sustained or recurring course of action or inaction in a manner that affects trade or investment”. The labor chapter is subject to the treaty’s dispute settlement mechanism.
It considers that the USMCA clearly bans the importation of goods produced through forced or compulsory child labor; and determines that neither party should fail to address cases of violence or threats of violence against workers “in a sustained or recurring course of action in a manner affecting trade between the Parties”.
In its final considerations, the labor sector is the area with the most substantial changes in the USMCA, especially for Mexico. It has a long way to go in implementing its labor obligations in accordance with the requirements of the USMCA. The operationalization of the treaty in the labor area will be essential and the authorities must pay special attention in this area.
Close coordination between the public and private sectors for the fulfillment of labor obligations will be fundamental to prevent disruptions in the industry.
Source:
https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_766351/lang–en/index.htm
https://www.endchildlabour2021.org/what-is-child-labour/
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