TLC Asociados
tlc@tlcasociados.com.mx
  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
    • TLC INFINITI
    • Auditoría de Cumplimiento T-MEC
    • Acompañamiento en visita domiciliaria y revisiones de gabinete
    • Mantenimiento para empresas IMMEX y PYME
      • IMMEX 360
      • NANO PYME
      • NANO Fit
    • Mantenimiento C-TPAT
    • Auditoría Preventiva y de Cumplimiento
    • Arquitectura Aduanera
    • Certificación IVA/IEPS y Anexo 31
    • Certificación OEA y C-TPAT
    • Impuestos Corporativos
    • Clasificación Arancelaria
    • Trámites y Gestiones en Comercio Exterior y Aduanas
    • Gestoría de Permisos Especiales
    • Soluciones Legales
  • LIBROS
  • T-MEC
  • Boletines
  • BEE Conocimiento
    • Calendario
  • Medios
  • Blogs
    • Diario de un Fiscalista
    • Compliance 360
  • Contacto
  • en
035-TLC-SHCP/SE – REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2018.

035-TLC-SHCP/SE – REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2018.

TLC ASOCIADOS 4:56 pm Boletín Fiscal Aduanero
Share this...
Share on Facebook
Facebook
Share on Google+
Google+
Tweet about this on Twitter
Twitter
Share on LinkedIn
Linkedin

Last Updated on diciembre 27, 2017 by TLC ASOCIADOS

Estimado Usuario.-

 

Por medio del presente se hace de su conocimiento la siguiente información:

 

El día 18 de DICIEMBRE de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación por parte de la SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, lo siguiente:

 

REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2018.

 

ANEXOS 1-A, 10 Y 21 DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2018.

 

Transitorio de las RGCE para 2018

 

Primero. La presente Resolución entrará en vigor el 1o. de enero de 2018 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018, con excepción de lo siguiente:

 

  1. Los Anexos de la Resolución que establece las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, publicada en el DOF el 27 de enero de 2017, estarán en vigor hasta en tanto sean publicados los correspondientes a las RGCE para 2018.

 

  1. Lo dispuesto en la regla 3.2.10., estará vigente hasta el 2 de julio de 2018.

 

III.   Lo dispuesto en el primer párrafo de la regla 7.3.12., será aplicable hasta el 31 de julio de 2018.

 

  1. La clave “PO”, del Apéndice 8 “Identificadores”, del Anexo 22 “Instructivo para el llenado del Pedimento”, entrará en vigor el 30 enero de 2018.

 

Segundo. A partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, se abroga la Resolución que establece las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017, publicada en el DOF el 27 de enero de 2017.

Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.

Atentamente

División de Consultoría en Comercio Internacional y Aduanas

TLC Asociados, S.C.

tlc@www.tlcasociados.com.mx

 Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.

Search

Nuestros servicios

  • División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
  • División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
  • División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
  • División de Blindaje Legal
  • División de Consultoría
  • División de Lobbying
  • Gestoría de Permisos Especiales
  • Arquitectura Aduanera
  • Revista TLC
  • Libros TLC

Boletines recientes

  • Mercancías de comercio exterior sujetas a la presentación de avisos de la Ley Antilavado
  • Elementos de la manifestación de valor electrónica
  • Esquemas reportables de las operaciones de comercio exterior, ¿son aplicables?

Visitas a la página

contador de visitas javascript

  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
  • Artículos TLC
  • Boletín Fiscal Aduanero
  • Medios
  • Capacitación
  • Contacto
  • Politica de Privacidad
Copyright © 2018 TLC Asociados