015-TLC-SHCP/SE – Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar limón y cebolla
El cual contiene 11 artículos, 3 transitorios y cuyo objetivo es tener disponibilidad y acceso al mercado del limón y cebolla y con ello garantizar el abasto a la población, el tramite deberá de hacerse mediante la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterioro en la Delegación o Subdelegación Federal de la Secretaría de Economía que corresponda al domicilio del interesado utilizando el formato SE-FO-03-033 “Asignación directa de cupo de importación y exportación”, adjuntando digitalizados la factura comercial del producto a importar que indique el monto; el conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte, según sea el caso, y los pedimentos de importación que demuestren el ejercicio de las asignaciones conforme al Punto anterior.
Anexamos una tabla explicativa del cupo y el periodo que abarca:
ARANCEL CUPO CEBOLLA Y LIMÓN | ||||
PRODUCTO | FRACCIÓN | CUPO | PERIODO | |
CEBOLLA | ·0703.10.01 | 100,000 TONELADAS | ENERO-MARZO | |
LIMON | ·0805.50.01,0805.50.02,0805.50.99 | 140,000 TONELADAS | ENERO-ABRIL | |
Dicho acuerdo entrara en vigor a partir del 1 de enero del 2018.
Para mas información dar clic aqui
Sin otro asunto en particular quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración respecto de la presente información.
Atentamente
División de Consultoría en Comercio Internacional y Aduanas
TLC Asociados, S.C.
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
015-TLC-SHCP/SE – Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar limón y cebolla
El cual contiene 11 artículos, 3 transitorios y cuyo objetivo es tener disponibilidad y acceso al mercado del limón y cebolla y con ello garantizar el abasto a la población, el tramite deberá de hacerse mediante la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterioro en la Delegación o Subdelegación Federal de la Secretaría de Economía que corresponda al domicilio del interesado utilizando el formato SE-FO-03-033 “Asignación directa de cupo de importación y exportación”, adjuntando digitalizados la factura comercial del producto a importar que indique el monto; el conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte, según sea el caso, y los pedimentos de importación que demuestren el ejercicio de las asignaciones conforme al Punto anterior.
Anexamos una tabla explicativa del cupo y el periodo que abarca:
ARANCEL CUPO CEBOLLA Y LIMÓN | ||||
PRODUCTO | FRACCIÓN | CUPO | PERIODO | |
CEBOLLA | ·0703.10.01 | 100,000 TONELADAS | ENERO-MARZO | |
LIMON | ·0805.50.01,0805.50.02,0805.50.99 | 140,000 TONELADAS | ENERO-ABRIL | |
Dicho acuerdo entrara en vigor a partir del 1 de enero del 2018.
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