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¿Cumplimiento o incumplimiento del Inventario inicial en el Anexo 31?

En palabras de nuestros clientes;
“TLC es un despacho que no sólo detecta lo que esta incorrecto, ya que generalmente las empresas cuando buscan un despacho saben qué tipo de contingencias tienen, TLC Asociados nos ofrece un servicio diferente, nos dan soluciones y no solo dicen como corregirlo, sino que se involucran en la corrección con distintos escenarios legales de inicio a fin”.

Respecto al cumplimiento de transmisión del inventario inicial en el SCCCyG, cuya fecha límite fue 28 de Febrero de 2015, según la prorroga otorgada, la autoridad también dio a conocer mediante Boletín que las empresas que contarán con la autorización de la Certificación en materia de IVA e IEPS, así como las que operaran bajo el esquema de garantías, y que hubieren transmitido el inventario inicial dentro del plazo establecido, podrían transmitir dos correcciones posteriores a dicho inventario inicial, con la condición de que dichas correcciones estuvieran dentro de los tres meses siguientes en el que se efectué el envío de forma electrónica.


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