TLC Asociados
tlc@tlcasociados.com.mx
  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
    • TLC INFINITI
    • Plataforma Risk Control
    • Auditoría de Cumplimiento T-MEC
    • Acompañamiento en visita domiciliaria y revisiones de gabinete
    • Mantenimiento para empresas IMMEX y PYME
      • IMMEX 360
      • NANO PYME
      • NANO Fit
    • Mantenimiento C-TPAT
    • Auditoría Preventiva y de Cumplimiento
    • Arquitectura Aduanera
    • Certificación IVA/IEPS y Anexo 31
    • Certificación OEA y C-TPAT
    • Impuestos Corporativos
    • Clasificación Arancelaria
    • Trámites y Gestiones en Comercio Exterior y Aduanas
    • Gestoría de Permisos Especiales
    • Soluciones Legales
  • LIBROS
  • T-MEC
  • Boletines
    • Boletines de Cumplimiento
    • Cumplimiento en Comercio Exterior y Aduanas: Puntos Clave
    • Recomendaciones y Tips de Debido Cumplimiento
    • Sección Especial: Se crea la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), conoce los detalles aquí.
      • Consulta los boletines técnicos emitidos por la ANAM
    • Sección Especial: Manifestación de valor: Todo lo que debes de saber a 2022.
    • Sección Especial: CFDI y Complemento Carta Porte: Todo lo que debes saber a 2022.
  • BEE Conocimiento
    • Calendario
  • Medios
  • Blogs
    • Diario de un Fiscalista
    • Compliance 360
  • Contacto

SECCIONES DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. CUENTAN CON COMPETENCIA PARA CONOCER DE RESOLUCIONES QUE SE FUNDEN EN UN TRATADO O ACUERDO INTERNACIONAL PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN O EN MATERIA COMERCIAL, O CUANDO SE HAGAN VALER CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN AL RESPECTO

LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

VIII-P-2aS-214

SECCIONES DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA. CUENTAN CON COMPETENCIA PARA CONOCER DE RESOLUCIONES QUE SE FUNDEN EN UN TRATADO O ACUERDO INTERNACIONAL PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN O EN MATERIA COMERCIAL, O CUANDO SE HAGAN VALER CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN AL RESPECTO.- El artículo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, prevé que compete a las Secciones de la Sala Superior de este Órgano Colegiado, resolver, entre otros, los juicios en los que la resolución impugnada se encuentre fundada en un tratado o acuerdo internacional para evitar la doble tributación o en materia comercial, suscrito por México, o bien, cuando el de- mandante haga valer conceptos de impugnación, en cuanto a que se violan en su perjuicio dichos tratados o acuerdos internacionales. Por tanto, cuando en el juicio contencioso administrativo, no solo la resolución se funda en el Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1994, sino que además el actor plantea conceptos de impugnación aduciendo su indebida aplicación, es incuestionable que la sentencia que se pronuncie resolviendo el juicio, debe ser emitida por la Sección de la Sala Superior que por turno corresponda, al ser plenamente competente para ello.

Search

Nuestros servicios

  • División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
  • División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
  • División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
  • División de Blindaje Legal
  • División de Consultoría
  • División de Lobbying
  • Gestoría de Permisos Especiales
  • Arquitectura Aduanera
  • Revista TLC
  • Libros TLC

Visitas a la página

contador de visitas javascript

  • Inicio
  • Conócenos
  • Servicios
  • Artículos TLC
  • Boletín Fiscal Aduanero
  • Medios
  • Capacitación
  • Contacto
  • Politica de Privacidad
Copyright © 2024 TLC Asociados