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Se prorrogan estímulos fiscales de ISR e IVA en regiones fronterizas para el 2025

Se prorrogan estímulos fiscales de ISR e IVA en regiones fronterizas para el 2025

El pasado 24 de diciembre se publicó en el DOF la extensión del decreto de la región fronteriza norte y región fronteriza sur, en el cual se establece una tasa para el Impuesto Sobre la Renta (ISR) del 20% y para el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 8%.

Dicho decreto considera únicamente a los municipios fronterizos del norte de los estados de Sonora, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León y Tamaulipas y Baja California. De igual manera, abarcará en la región fronteriza sur los municipios de los estados de Quintana Roo, Chiapas, Campeche, Tabasco.

Cabe hacer mención los beneficios que otorgan el decreto consisten en:

Para el ISR se otorga un crédito fiscal equivalente a la tercera parte del impuesto causado en el ejercicio o en los pagos provisionales, quedando una tasa del 20% la cual será aplicable de manera proporcional de acuerdo con los ingresos totales que se generen por las actividades empresariales que se realicen en la región Fronteriza Norte y Sur.

En materia de IVA se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes, consistente en un crédito equivalente al 50% de la tasa del IVA, quedando en una tasa del 8% aplicable tanto a personas físicas como personas morales, que realicen, en los locales o establecimientos ubicados dentro de la región fronteriza Norte y Sur, la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

La vigencia del decreto se extiende hasta el 31 de diciembre del 2025.

Una adecuada planificación fiscal y el apoyo de asesores especializados son fundamentales para garantizar el cumplimiento de tus obligaciones y optimizar los resultados financieros de tu empresa. .

“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y promover el cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:

División de Impuestos Corporativos

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Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.

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