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“PRÓRROGA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL COMPLEMENTO DE COMERCIO EXTERIOR EN EL CFDI”

NOTA FB Prorroga-01TLC Asociados hace de conocimiento la publicación en el Portal del SAT respecto de la Resolución de Modificaciones de las Regla Generales de Comercio Exterior para 2016 realizada el día 22 de Junio del presente.

En dicha publicación se indica,  la modificación de las regla 3.1.35 y 3.1.36 mediante las cuáles se precisa en el único transitorio de la Resolución una prorroga para que los contribuyente cumplan  con lo que se refiere ÚNICAMENTE al Complemento de Comercio Exterior hasta el 01 de enero de 2017.

Es importante resaltar, que en las exportaciones definitivas con calve A1 no se modifica la obligatoriedad del CFDI por lo que sí tendrán que trasmitir el archivo electrónico del CFDI  y asentar en el campo correspondiente del pedimento, los número de folio de los CFDI.

Cabe señalar, que al no considerar como obligatorio el complemento de comercio exterior no será posible generar una factura electrónica para todos los casos en los que se realiza una exportación definitiva con clave A1 de pedimento,  por lo que deberán revisar cada caso a fin de determinar si le es aplicable o no.

Consulta con los expertos de TLC Asociados si es necesario transmitir el CFDI y cumple oportunamente con tus obligaciones fiscales y aduaneras.

 

Sin otro particular, quedo a la orden cualquier duda respecto del presente.

 

Atentamente,

Lic. Brenda Esquivel Amaro

División de Consultoría TLC Asociados, S.C.

brenda@www.tlcasociados.com.mx

 

Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.

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