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PRECIOS ESTIMADOS PARA LOS SECTORES DE JUGUETES, JUEGOS Y GUITARRAS

PRECIOS ESTIMADOS PARA LOS SECTORES DE JUGUETES, JUEGOS Y GUITARRAS

El 26 de mayo de 2025 se dio a conocer en el DOF la “Resolución que modifica el Anexo 5 de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”.

Recordemos, que el pasado 12 de mayo de 2025 fue publicado por el mismo medio de difusión oficial la “Resolución que da a conocer el Anexo 5 de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público” en donde fueron incorporados 21 códigos arancelarios para las mercancías de los sectores de muebles y de aparatos de alumbrado.

Ahora bien, derivado de la modificación de este instrumento normativo contempla los cambios que se indican:

  • En el Anexo 5 se adicionan mercancías para regular precios estimados en la importación definitiva de los sectores de juguetes, juegos y guitarras.
  • El Anexo 5 suma 13 códigos arancelarios de los capítulos 92 y 95 de la TIGIE con sus respectivos números de identificación comercial, además de la descripción, unidad de medida comercial, y el precio estimado en dólares de Estados Unidos por la unidad de medida comercial.
Fracción arancelariaNicoDescripción NICOUMCPrecio estimado (USD por UMC)
9202.90.0200Guitarras.Pza45.37
9503.00.0100Triciclos o cochecitos de pedal o palanca.Pza11.12
9503.00.0200Con ruedas, diseñados para que los conduzcan los niños, impulsados por ellos o por otra persona, o accionados por baterías recargables de hasta 12 V, excepto, en ambos casos, lo comprendido en la fracción arancelaria 9503.00.01.Pza7.44
9503.00.0500Muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, de longitud inferior o igual a 30 cm, incluso vestidos, articulados o con mecanismos operados eléctrica o electrónicamente.Pza1.01
9503.00.1200Juguetes que representen animales o seres no humanos, rellenos.Pza1.07
9503.00.1600Rompecabezas de papel o cartón.Kg3.71
9503.00.1700Rompecabezas de materias distintas a papel o cartón.Kg2.93
9503.00.2399Los demás.Kg1.28
9503.00.2400Juguetes destinados a niños de hasta 36 meses de edad, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias 9503.00.01, 9503.00.02, 9503.00.04, 9503.00.05, 9503.00.11, 9503.00.12, 9503.00.13, 9503.00.15, 9503.00.16, 9503.00.17, 9503.00.20 y 9503.00.23.Kg3.55
9503.00.9991Los demás juguetes presentados en juegos o surtidos de dos o más artículos diferentes acondicionados para su venta al por menor.Kg1.99
9504.90.9900Los demás.Kg7.24
9505.10.9900Los demás.Kg2.89
9505.90.9900Los demás.Kg2.35
  • La presente Resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:

Atentamente

Ricardo Méndez Castro

División de Consultoría

TLC Asociados, S.C.

ricardo@tlcasociados.com.mx

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