Modificación a las Causales de Suspensión de los Padrones (Regla 1.3.3 de las RGCE)
El 30 de octubre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “CUARTA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2023 y su Anexo 21”.
Esta resolución, emitida por el Servicio de Administración Tributaria, incluye importantes ajustes en las Reglas Generales de Comercio Exterior para el año 2023. Dentro de estas modificaciones, se destaca un cambio relevante que impacta a los exportadores de bienes clasificados en la fracción arancelaria NICO 7404.00.03 01, 7404.00.03 02 y 7404.00.03 99, que estén inscritos en el Sector 9 “Oro, plata y cobre” del Apartado B del Anexo 10 de la Ley Aduanera.
Detalles de la Modificación
La modificación más significativa se refiere a la derogación de la fracción XLII en la Regla 1.3.3 de las RGCE para el año 2023, misma que señala diversas causales que pueden provocar suspensión de los padrones, en este sentido, como ya se señaló, aquellos exportadores de bienes clasificados en la fracción arancelaria NICO 7404.00.03 01, 7404.00.03 02 y 7404.00.03 99 ya no serán suspendidos cuando no cumplan con lo establecido en el inciso d), numeral 4, en relación con el numeral 3, inciso c), del Apartado ‘¿Qué requisitos debo cumplir?’ de la ficha de trámite 141/LA del Anexo 2.
De conformidad con el Transitorio Primero esta derogación entrará en vigor un día después de su publicación, es decir, el 31 de octubre de 2023.
Los exportadores afectados por esta modificación deben estar atentos a los requisitos y regulaciones aduaneras correspondientes y asegurarse de cumplir con las disposiciones actuales. Es fundamental cumplir con las normativas aplicables para evitar cualquier infracción o sanción.
Fuente:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5707115&fecha=30/10/2023#gsc.tab=0
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