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LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA VII-P-2aS-849

LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

VII-P-2aS-849

 

INCIDENTE DE INCOMPETENCIA TERRITORIAL.- NEGA- TIVA FICTA ATRIBUIDA A UNA AUTORIDAD ADSCRITA A LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE GRANDES CONTRI- BUYENTES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBU- TARIA, DEBE ESTARSE A LA EXCEPCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 34 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA VIGENTE.-

El mencionado artículo establece que las Salas Regionales conocerán de los juicios por razón de territorio, atendiendo al lugar donde se encuentre el domicilio fiscal del demandante, con las excepciones a que el propio precepto se refiere, entre las que se encuentra la prevista por su fracción III, consistente en que se impugnen resoluciones emitidas por la Administración de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria o por las unidades administrativas adscritas a dicha Administración General, en cuyo caso será competente la Sala Regional de la circunscripción territorial en que se encuentre la sede de la autoridad que haya dictado la resolución impugnada, y siendo varias las resoluciones impugnadas, la Sala Regional de la circunscripción territorial en que se encuentre la sede de la autoridad que pretenda ejecutarlas. Ahora bien, cuando la resolución impugnada consiste en la negativa ficta prevista en el artículo 37 del Código Fiscal de la Federación, recaída presuntamente a un recurso de revocación interpuesto ante la Administración Central Jurídico Internacional y de Normatividad de Grandes Contribuyentes, unidad administrativa adscrita a la Administración de Grandes Contribuyentes, conforme a los artículos 2º y 17 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, vigente a la fecha de interposición del recurso de revocación, es claro que se actualiza la excepción prevista en el artículo 34, fracción III, de la Ley Orgánica de este Tribunal, y por tanto, la competencia para conocer del juicio corresponde a la Sala Regional de la circunscripción territorial en que se ubica la sede de la referida autoridad, es decir, en la Ciudad de México, Distrito Federal, de conformidad con el artículo 11, último párrafo, del mencionado Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria. De lo anterior se sigue que el conocimiento del juicio compete a la Sala Regional Metropolitana en turno, con base en lo establecido por los artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica de este Tribunal, y 21, fracción XVII y 22, fracción XVII, del Reglamento Interior del propio Tribunal, actualmente en vigor.

PRECEDENTES: VI-P-2aS-494

Incidente de Incompetencia Núm. 18173/09-17-08-2/7479/09-11-03-3/2907/09-S2-06-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 12 de enero de 2010, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Alfredo Salgado Loyo.- Secretario: Lic. Pedro Martín Ibarra Aguilera. (Tesis aprobada en sesión de 9 de marzo de 2010) R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 29. Mayo 2010. p. 86

VII-P-2aS-805

Incidente de Incompetencia en Razón de Territorio Núm. 1865/14-06-03-2/1716/14-S2-08-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 29 de enero de 2015, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponen- te: Víctor Martín Orduña Muñoz.- Secretaria: Lic. María Elda Hernández Bautista.
(Tesis aprobada en sesión de 29 de enero de 2015)

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 49. Agosto 2015. p. 369

REITERACIÓN QUE SE PUBLICA: VII-P-2aS-849

Incidente de Incompetencia Núm. 5956/14-11-02-6/2004/14- S2-06-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 19 de mayo de 2015, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Estrada Sámano.- Secretaria: Lic. Elizabeth Camacho Márquez.
(Tesis aprobada en sesión de 19 de mayo de 2015)

EN EL MISMO SENTIDO: VII-P-2aS-850

Incidente de Incompetencia Núm. 6016/14-06-03-7/411/15- S2-08-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Su- perior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 14 de julio de 2015, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Víctor Martín Orduña Muñoz.- Secretaria: Lic. María Elda Hernández Bautista.
(Tesis aprobada en sesión de 14 de julio de 2015)

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