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LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO VII-J-1aS-90

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VII-J-1aS-90

 

VIOLACIÓN SUSTANCIAL DEL PROCEDIMIENTO.- SE INCURRE EN ELLA CUANDO EL MAGISTRADO INSTRUCTOR NO REQUIERE LA EXHIBICIÓN DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO OFRECIDO COMO PRUEBA POR EL ACTOR EN SU DEMANDA Y ADMITIDA ÉSTA.-

El artículo 14, fracción V, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, dispone que la demanda deberá indicar las pruebas que ofrezca el actor, pudiendo ser una de ellas, el expediente administrativo del cual emana la resolución impugnada, entendiéndose por éste el que contenga toda la información relacionada con el procedimiento que dio lugar a dicha resolución, precisando que la documentación integrada al expediente, será la que corresponda al inicio del procedimiento, a los actos administrativos posteriores y a la propia determinación controvertida. Asimismo se dispone que la autoridad deberá remitir dicho expediente administrativo en un solo ejemplar, el cual estará en la Sala correspondiente a disposición de las partes que pretendan consultarlo. De manera tal que, si en el escrito de demanda, la actora ofrece como prueba de su parte el referido expediente administrativo y es admitido, y la Instrucción es omisa en requerirlo a la demandada, es inconcuso que incurre en una violación sustancial del procedimiento que afecta las defensas de la actora, y por lo tanto, impide que esta Juzgadora emita la sentencia definitiva correspondiente, por lo que ante esta violación, debe ordenarse la regularización del procedimiento a fin de que se formule el requerimiento de mérito.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S1-4/2014)

PRECEDENTES:

VI-P-1aS-426

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3721/09-17-05-5/163/11-S1-03-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 15 de marzo de 2011, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Manuel Luciano Hallivis Pelayo.- Secretaria: Lic. Elizabeth Ortiz Guzmán.
(Tesis aprobada en sesión de 15 de marzo de 2011)

R.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 40. Abril 2011. p. 400
VII-P-1aS-154

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 28657/09-17-04-4/1354/11-S1-03-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 2 de febrero de 2012, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Manuel Luciano Hallivis Pelayo.- Secretaria: Lic. Elizabeth Ortiz Guzmán.
(Tesis aprobada en sesión de 2 de febrero de 2012)

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 8. Marzo 2012. p. 183

VII-P-1aS-351
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 643/10-07-02-2/191/12-S1-02-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 9 de agosto de 2012, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrada Ponente: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretaria: Lic. María Laura Camorlinga Sosa.

(Tesis aprobada en sesión de 9 de agosto de 2012)

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 15. Octubre 2012. p. 31

VII-P-1aS-495

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 7270/11-17-11-5/1293/12-S1-05-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 6 de diciembre de 2012, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Guillermo Domínguez Belloc.- Secretaria: Lic. Praxedis Alejandra Pastrana Flores.
(Tesis aprobada en sesión de 6 de diciembre de 2012)

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 19. Febrero 2013. p. 430

VII-P-1aS-754

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 556/12-01-01-9/465/13-S1-01-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 27 de septiembre de 2013, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Alejandro Sánchez Hernández.- Secretario: Lic. Roberto Carlos Ayala Martínez.
(Tesis aprobada en sesión de 27 de septiembre de 2013)

R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 28. Noviembre 2013. p. 206

Así lo acordó la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión celebrada el dieciséis de enero de dos mil catorce.- Firman el Magistrado Guillermo Domínguez Belloc, Presidente de la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y la Licenciada María del Consuelo Hernández Márquez, Secretaria Adjunta de Acuerdos, quien da fe.
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 31. Febrero 2014. p. 55

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