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INCIDENTE DE INCOMPETENCIA POR RAZÓN DE TERRITORIO

GENERAL

VIII-P-1aS-45

INCIDENTE DE INCOMPETENCIA POR RAZÓN DE TERRITORIO.- LAS SECCIONES DE LA SALA SUPERIOR, TIENEN FACULTADES PARA DETERMINAR QUE UNA SALA DIVERSA A LA INDICADA POR LA INCIDENTISTA RESULTA COMPETENTE PARA CONOCER DE UN  JUICIO.-                               

Cuando al promover un incidente de incompetencia por razón de territorio el incidentista atribuya la competencia para conocer del juicio a determinada Sala de este Tribunal, las Secciones de la Sala Superior se encuentran plenamente facultadas para resolver que debe atenderse a la jurisdicción de una diversa; ordenando, en consecuencia, el envío de los autos a la Sala que haya resultado competente, remitiendo copia certificada de la resolución correspondiente a dicha Sala y a la que conocía del asunto para los efectos legales conducentes.

Incidente de Incompetencia Núm. 591/15-ECE-01-3/1393/16- S1-04-06.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 6 de octubre de 2016, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Rafael Anzures Uribe.

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