Implementan arancel-cupo para las importaciones de rieles
El 26 de marzo de 2026, fue publicado en el DOF el “Decreto por el que se modifica el diverso que modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto de la zona libre de Chetumal, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, publicado el 18 de noviembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación”.
En este contexto, las modificaciones que destacan son las que se indican a continuación:
- Actualmente, la fracción arancelaria10.02 se encuentra gravada con el 20% arancel advalorem.
- En el artículo Décimo Cuarto del citado instrumento normativo establece los aranceles-cupo aplicable a las mercancías comprendidas en las fracciones arancelarias de la TIGIE cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía.
- De manera particular, se adiciona la fracción arancelaria 10.02 para quedar de la forma siguiente:
| Código | Descripción | Unidad | Cuota (arancel)Impuesto de importación (%) | Cuota (arancel)Impuesto de exportación (%) | Acotación |
| 7302.10.02 | Carriles (rieles). | Kg | Ex. | No aplica |
- Las modificaciones tendrán vigencia el día de su publicación en el DOF.
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