
Baja del RESICO por incumplimiento de la presentación de declaración anual
Para aquellos contribuyentes que tributan en el Régimen simplificado de confianza, de acuerdo con lo establecido en los artículos 113-E y 113-I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, todo contribuyente que incumpla con la presentación de la declaración anual en los plazos establecidos dentro del mes siguiente a la fecha de vencimiento, la autoridad actualizará las obligaciones de los contribuyentes, para que tributen desde el inicio del ejercicio en el régimen que le corresponda.
De lo anterior se entiende que para aquellos contribuyentes que no hayan presentado su declaración anual en la fecha que corresponde, es decir, persona moral hasta el 31 de marzo del 2023 y persona física hasta el 30 de abril del 2023, la autoridad fiscal actualizará las obligaciones del contribuyente, con esto teniendo que presentar declaraciones complementarias desde el inicio del ejercicio fiscal cubriendo las diferencias a cargo más actualizaciones y recargos, por el motivo de la actualización de las obligaciones fiscales.
Te recordamos que es muy importante presentar las declaraciones en tiempo y forma, con esto evitando sanciones por parte de la autoridad.
Fundamento Legal:
- Artículo 27 del CFF.
- Artículo 113-E y 113-I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
- Regla 3.13.34 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.
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