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AVISO DE FRACCIONES ARANCELARIAS PARA LA CERTIFICACIÓN DE IVA & IEPS EN LA VENTANILLA DIGITAL

AVISO DE FRACCIONES ARANCELARIAS PARA LA CERTIFICACIÓN DE IVA & IEPS EN LA VENTANILLA DIGITAL

En fechas recientes fue incorporado en el portal de la VUCEM la funcionalidad para gestionar el aviso electrónico para adicionar fracciones arancelarias al RECE de la modalidad IVA e IEPS, por lo que, en el presente conoceremos las generalidades del cumplimiento de la citada obligación conforme a los puntos siguientes:

1. La obligación de presentar el aviso por medios electrónicos para adicionar fracciones arancelarias al RECE de la modalidad IVA e IEPS es para fracciones arancelarias de mercancías sensibles y no sensibles con fundamento en la regla 7.2.1, primer párrafo, fracción X de las RGCE para 2025, misma que señala a la letra lo siguiente:

“X. En caso de que la empresa que cuente con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas requiera importar mercancías adicionales a las que señaló en el documento correspondiente a la descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos o prestación de servicios, exhibido en su solicitud de inscripción, deberá presentar el aviso a que se refiere la ficha de trámite 62/LA “Avisos relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas” contenida en el Anexo 2, al menos treinta días previos a aquél en el que pretenda efectuar la primera importación de dicha mercancía.

El aviso a que se refiere el párrafo anterior, en ningún caso, se podrá presentar para actividades relacionadas con procesos productivos o prestación de servicios distintos a los manifestados en su solicitud de inscripción.”

Asimismo, como se indica en el segundo párrafo, la gestión del aviso en ningún caso se podrá presentar para actividades relacionadas con procesos productivos o prestación de servicios distintos a los manifestados en su solicitud de inscripción.

2. El trámite del aviso electrónico deberá presentarse a través de la Ventanilla Digital en forma anticipada al menos 30 días hábiles al momento que se pretenda efectuar la primera importación conforme lo establece la ficha 62/LA.

3. La obligación para las empresas RECE consiste en avisar anticipadamente a la AGACE de las fracciones arancelarias que se pretenden agregar o incluir al registro autorizado, por lo que, al momento de realizar la gestión será necesario acompañar los documentos e información que se menciona en la fracción IX de la ficha de trámite 62/LA:

a) Listado de las fracciones arancelarias y descripción de las mercancías.[1]

b) Diagrama de flujo que muestre el proceso productivo que involucra a las mercancías por las que se presenta el aviso, y que al menos contenga lo siguiente: el lugar de origen de las mercancías, su entrada al país y su recepción en la empresa, su integración al proceso productivo, realización de tu proceso productivo o de tu servicio, según corresponda, punto de salida y su destino y procesos complementarios y servicios que le agregan valor a tu producto final (procesos de submanufactura).

4. Con relación a la vigencia de la obligación para presentar el aviso para la “Adición de fracciones arancelarias al registro” debe atenderse a lo establecido por el Décimo Segundo Transitorio de las RGCE para 2025 y el Cuarto Transitorio de las RGCE para 2024, el cual dispone que para las empresas que a la entrada en vigor de la presente Resolución cuenten con el RECE vigente en sus diversas modalidades deberán cumplir con los requisitos y obligaciones vigentes en el momento en el que se les otorgó el registro correspondiente y durante la vigencia señalada en el último oficio notificado donde se les concede el mismo. Por consiguiente, esta nueva obligación deberá observarse cuando renueven el citado registro.

5. Para el caso en particular del procedimiento de la ficha de trámite 62/LA, es necesario conocer los detalles más relevantes de la gestión, los cuales se mencionan a continuación:

  • Ingresar al portal de la VUCEM, en la página https://www.ventanillaunica.gob.mx.
  • El solicitante deberá localizar y acceder a la última gestión de la renovación del RECE de la modalidad de IVA e IEPS.
  • Posteriormente, se deber dar click en el botón u opción de “Aviso de Obligaciones”.
  • Una vez que ha ingresado a la opción de “Aviso de modificación del Registro en el Esquema de Certificación de Empresas Modalidad IVA e IEPS” deberá seleccionar por lo menos un tipo de aviso de los que se indican a continuación:

– Aviso de modificaciones de clientes y proveedores extranjeros.

– Aviso de modificaciones de proveedores nacionales.

– Aviso de modificaciones de socios, accionistas, miembros o integrantes, administrador único o consejo de administración y representantes legales.

– Aviso cuando varíe o cambie la situación respecto del documento con el que se haya acreditado el legal uso y goce del inmueble o inmuebles en donde se lleven a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate, referente a la vigencia, las partes y domicilio.

– Aviso de fusión o escisión.

– Aviso de adición de fracciones.

  • De manera obligatoria deberá confirmar en el recuadro correspondiente que, la gestión se realiza “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los datos asentados en el presente documento son ciertos y que las facultades que me fueron otorgadas para representar al solicitante no me han sido modificadas y/ o revocadas”.
  • Con respecto al trámite en cuestión, al seleccionar la opción de “Aviso de adición de fracciones” se habilitarán las pestañas o secciones de “Fracciones” y “Procesos”.
  • En la sección de “Fracciones” deberá registrarse la información solicitada que se indica a continuación:
ApartadoDatos
Aviso de adición de fracciones  ● Carga manual  

En esta opción deberá realizar el registro manual de las fracciones arancelarias en el apartado de “fracciones añadidas”.  

● Carga masiva  

En esta opción deberá adjuntar el listado de fracciones arancelarias señaladas en la descripción de las actividades relacionadas con los procesos productivos o presentación de servicios, exhibido en tu solicitud de inscripción.   Por consiguiente, se habilita un botón u opción de “Carga masiva”, en donde deberá seleccionar en el apartado de “Fracciones” el archivo en Excel que cumpla con la estructura de la plantilla.  
Fracciones añadidas  ● Fracción declarada en la certificación
● Actividad relacionada con el proceso
● Correlación fracción actual
● Descripción fracción actual
● NICO ● Descripción del NICO
● Unidad de medida de la tarifa (UMT)
● País(es) de origen  
Manifiestos  Declaro bajo protesta a decir verdad que este aviso se presenta al menos 30 días previos a aquel en el que se pretende efectuar la primera importación de las mercancías informadas.  
  • En la sección de “Procesos” deberá registrarse la información relacionada con los Procesos productivos o de servicios, según corresponda, y cargar el archivo en Excel que cumpla con los datos requeridos en la plantilla, por ejemplo:
– Lugar de origen (país(es))      
– Actividad relacionada (proceso| servicio| ambos)
– Entrada al país (lista de aduanas una, varias o todas) 
– Proceso de recepción en la empresa  
– Integración al proceso productivo o de servicio  
– Realización del proceso productivo o de servicio
– Punto(s) de salida (lista de aduanas una,
varias o todas)           
– Destino (países(s))     
– Procesos complementarios y servicios que
le agregan valor al producto final (submanufactura)  

6. Una vez presentado el citado aviso se tiene por cumplido y se obtendrá el acuse de recepción de la gestión y deberá esperar el tiempo establecido para realizar las importaciones de las mercancías sensibles. Cabe agregar, que si la autoridad aduanera detecta inconsistencias en la presentación del aviso emitirá el requerimiento correspondiente para solventar las inconsistencias.[2]

7. Por último, los riesgos de comercio exterior que podrán presentarse en la operación por el incumplimiento de las obligaciones son de forma indicativa algunos de los siguientes:

TipoSupuestoImpacto
Padrón de importadores y sectoriales[3]    Las empresas que cuenten con el registro en el esquema de certificación de empresas, modalidad de IVA e IEPS que dejen de cumplir con las obligaciones establecidas en las reglas 7.2.1. que le sean aplicables de conformidad con el registro obtenido.  Suspensión del padrón de importadores y sectoriales.    
Certificación de IVA e IEPS[4]  Cuando dejen de cumplir con las obligaciones establecidas en la regla 7.2.1., que les sean aplicables de conformidad con el registro obtenido.  Requerimiento de información de la Certificación de IVA e IEPS.
Certificación de IVA e IEPS[5]    No presenten los avisos a que se refiere la regla 7.2.1Cancelación de la Certificación de IVA e IEPS.

“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:

Ricardo Méndez Castro

Director de Consultoría

TLC Asociados SC

ricardo@tlcasociados.com.mx


[1] Nota: Aun cuando la ficha 62/LA hace referencia a las fracciones arancelarias (8 dígitos), en la gestión aviso por medio de la VUCEM debe registrarse la clasificación arancelaria, es decir, los 8 dígitos de la fracción arancelaria, y los 2 dígitos del número de identificación comercial.

[2] Cfr. Regla 7.2.1, último párrafo de la RGCE para 2025.

[3] Cfr. Regla 1.3.3, fracción XV de las RGCE para 2025.

[4] Cfr. Regla 7.2.2, fracción I, inciso e) de las RGCE para 2025.

[5] Cfr. Regla 7.2.4, apartado A, fracción II de las RGCE para 2025.

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