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RUMBO A 2027: LAS CLAVES DE COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS EN LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS

RUMBO A 2027: LAS CLAVES DE COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS EN LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS

El 8 de septiembre de 2026, el Ejecutivo Federal por medio de la SHCP presentó al Congreso de la Unión el proyecto del paquete económico para el periodo de 2027, que contempla la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2027 en donde destacaremos los cambios más relevantes de comercio exterior y aduanas.

I. Iniciativa de la LIF 2027

  • De manera general, haciendo un comparativo del ingreso estimado por recaudación de las contribuciones relacionadas con las actividades de comercio exterior del periodo 2026 con respecto del 2027, se visualizan un incremento y decremento porcentual en los impuestos, derechos y aprovechamientos de acuerdo con la tabla siguiente:
#Concepto20262027%
 Total – Ingreso Estimado en millones de pesos10,193,683.710,693,488.14.903
1.Impuestos   
…    
 13. Impuestos Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones:   
 01. Impuesto al valor agregado.1,589,069.01,768,017.311.261
 02. Impuesto especial sobre producción y servicios: …761,501.9828,256.08.766
 Combustibles automotrices:473,279.1538,549.213.791
 Bebidas con contenido alcohólico y cerveza:81,518.876,990.0-5.556
 Tabacos labrados y otros.62,097.564,889.54.496
 Bebidas energetizantes.100.294.8-5.389
 Bebidas saborizadas.75,290.076,920.52.166
 Alimentos no básicos con alta densidad calórica.42,856.145,350.45.820
 Plaguicidas.2,148.01,939.6-9.702
 Combustibles fósiles.10,517.710,897.53.611
 Videojuegos con violencia.183.00.0-100.000
     
 03. Impuesto sobre automóviles nuevos.20,161.817,426.1-13.569
…    
 14. Impuestos al Comercio Exterior:254,756.8232,511.2-8.732
 01. Impuestos al comercio exterior:254,756.8232,511.2-8.732
 01. A la importación.254,756.8232,511.2-8.732
 02. A la exportación.0.00.00.0
…    
4.Derechos   
 41. Derechos por el Uso, Goce, Aprovechamiento o Explotación de Bienes de Dominio Público:   
 01. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.2,601.40-100
…    
6.Aprovechamientos   
 16. Cuotas compensatorias1,807.22,805.755.251
 20. Provenientes del programa de mejoramiento de los medios de informática y de control de las autoridades aduaneras.3,496.93,762.77.601
  • Se mantiene la tasa de recargos a 1.38 por ciento mensual sobre los saldos insolutos de acuerdo con la fracción I del artículo 11 de esta iniciativa.

Cabe resaltar, que en términos del primer párrafo del artículo 21 del CFF se establece que: “la tasa de recargos para cada uno de los meses de mora será la que resulte de incrementar en 50% a la que mediante Ley fije anualmente el Congreso de la Unión, para tal efecto, la tasa se considerará hasta la centésima y, en su caso, se ajustará a la centésima inmediata superior cuando el dígito de la milésima sea igual o mayor a 5 y cuando la milésima sea menor a 5 se mantendrá la tasa a la centésima que haya resultado”, por ejemplo, la tasa de recargos aplicada es del 2.07% de acuerdo con la regla 2.1.20 de la RMF para 2026.

  • Se mantiene la exención del pago del derecho de trámite aduanero que se cause por la importación de gas natural en términos del apartado B del artículo 20 de esta iniciativa.
  • En el Vigésimo primero transitorio de la iniciativa, se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas y morales cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal de 2025, para los efectos de la Ley de ISR, no hayan excedido de 300 millones de pesos y que tengan a su cargo créditos fiscales firmes o consentidos, cuya administración y recaudación corresponda al SAT o a la ANAM, en los que hubiera determinado la omisión de contribuciones federales propias, retenidas o trasladadas, aprovechamientos, multas derivadas del incumplimiento de obligaciones, incluso las distintas a las de pago y multas con agravantes, así como cuotas compensatorias.
  • El estímulo fiscal será aplicable respecto las multas impuestas por infracciones a las disposiciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior, incluidas las multas con agravantes, recargos y gastos de ejecución.
  • Asimismo, el Vigésimo cuarto transitorio señala que los recursos recaudados en términos del artículo 49 de la Ley Federal de Derechos serán destinados por la SHCP al SAT, una vez disminuida la contraprestación establecida en el artículo 16 de la Ley Aduanera.

II. Facultad del PE en materia arancelaria

  • El artículo 32 de la iniciativa de este ordenamiento dispone que “El Congreso de la Unión aprueba las modificaciones a la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación efectuadas por la persona titular del Ejecutivo Federal a las que se refiere el informe que, en cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha rendido el propio Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión en el año 2026”.
  • Las modificaciones relacionadas con en este precepto, son las que se indican a continuación:
DOFDescripción
5 de noviembre de 2025Decreto por el que se modifica el diverso por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados
10 de noviembre de 2025Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación
19 de diciembre de 2025Decreto por el que se modifica el diverso de la zona libre de Chetumal.
31 de diciembre de 2025Decreto por el que se modifica el diverso por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias.  
26 de marzo de 2026Decreto por el que se modifica el diverso que modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto de la zona libre de Chetumal, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, publicado el 18 de noviembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación.  
23 de abril de 2026Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial.

Fuente de información:

https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/es/Finanzas_Publicas/Paquete_Economico_y_Presupuesto

https://gaceta.diputados.gob.mx/

“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar, implementar estrategias y dar cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.

Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:

Ricardo Méndez Castro

División de Consultoría

TLC Asociados SC

ricardo@tlcasociados.com.mx

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