IMSS reconoce la e.firma como único certificado digital para movimientos afiliatorios
El 16 de julio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR, aprobado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), mediante el cual se establece la implementación de la e.firma emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como el único certificado digital válido para realizar movimientos afiliatorios y gestionar la vinculación de representantes legales por medios electrónicos.
¿Qué cambia?
Con esta disposición, se elimina el uso del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) como certificado digital válido ante el IMSS.
Asimismo, la vinculación de representantes legales deberá efectuarse exclusivamente mediante el Escritorio Virtual del IMSS, utilizando la e.firma tanto del representante legal como de la persona física o moral representada.
En consecuencia, quedan sin efectos los acuerdos 43/2004 y 533/2006, relacionados con el uso del NPIE y los mecanismos anteriores de representación electrónica.
¿A quiénes impacta?
La medida resulta relevante para:
- Patrones y sujetos obligados registrados ante el IMSS.
- Personas físicas y morales que realizan movimientos afiliatorios.
- Representantes legales, administradores y apoderados.
- Despachos y áreas de recursos humanos que gestionan altas, bajas y modificaciones de trabajadores.
Riesgos operativos
Las empresas deberán revisar que su e.firma y la de sus representantes legales se encuentren vigentes, así como realizar correctamente la vinculación en el Escritorio Virtual.
De no hacerlo, podrían presentarse dificultades para realizar movimientos afiliatorios, rechazos de trámites o inconsistencias en la administración de los registros patronales.
Oportunidades para las empresas
La sustitución del NPIE por la e.firma permite unificar en un solo certificado digital diversos trámites fiscales y de seguridad social, simplificando la gestión y fortaleciendo la autenticación de las operaciones electrónicas.
Entrada en vigor
El acuerdo entró en vigor el 17 de julio de 2026, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
FUENTE:
Diario Oficial de la Federación, publicación del 16 de julio de 2026, https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5793741&fecha=16/07/2026#gsc.tab=0
“En TLC Asociados desarrollamos un equipo multidisciplinario de expertos en auditorías y análisis de riesgos para asesorar y promover el cumplimiento en operaciones de comercio exterior”.
Para más información o comentarios sobre esta publicación contacte a:
División de Comunicación
TLC Asociados S.C.
Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados de TLC Asociados, S.C. El contenido del presente artículo no constituye una consulta particular y por lo tanto TLC Asociados, S.C., su equipo y su autor, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el lector o destinatario le pueda dar.
Search
Nuestros servicios
- División de Auditoria Preventiva y de Cumplimiento
- División de Certificaciones OEA-NEEC-CTPAT
- División de Certificación en Materia de IVA/IEPS y Recinto Fiscalizado Estratégico
- División de Blindaje Legal
- División de Consultoría
- División de Lobbying
- Gestoría de Permisos Especiales
- Arquitectura Aduanera
- Revista TLC
- Libros TLC
